Una sentencia dictada ayer por el Tribunal Superior de lo Contencioso y Civil de Hacienda, revive la posibilidad de realizar fertilizaciones in vitro en el país.
En la sentencia 08-178-1027-CA, emitida a las 3 p. m., los jueces José Hernández, Alner Palacios y Julio Cordero expresan que dicho procedimiento no está prohibido en nuestro territorio.
La fertilización in vitro es una técnica de reproducción asistida que consiste en fertilizar los óvulos en un tubo de ensayo e implantarlos luego en el útero.
De acuerdo con los jueces, el fallo emitido por la Sala IV el 15 de marzo del 2000 prohibió solo una técnica in vitro que era violatoria del derecho a la vida.
La técnica cuestionada consistía en seleccionar seis embriones fecundados y trasladarlos al útero para que se implantaran aquellos con más posibilidades de desarrollar un embarazo.
Los jueces del Tribunal Contencioso recordaron que la Sala IV declaró inconstitucional dicho procedimiento por considerarlo violatorio del derecho a la vida y la dignidad humana.
No obstante, señalaron que la Sala dejó abierta la posibilidad de que los avances científicos permitieran aplicar una técnica de fertilización in vitro respetuosa de la vida humana.
Los jueces alegaron que criterios técnicos les permitieron conocer que en la actualidad se puede implantar un único embrión y que hay técnicas que no requieren del congelamiento ni del desecho de los óvulos fecundados.
“(...) su ejecución (la de esta nueva técnica) será legalmente viable y conforme con el precedente de la Sala Constitucional”, reza la resolución del Tribunal.
El caso. Este razonamiento jurídico surgió como parte del fallo a favor de Ileana Henchoz Bolaños.
Esta mujer de 48 años tiene problemas de infertilidad, y demandó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por no autorizarle la fertilización in vitro.
En un fallo de mayoría (dos contra uno), los jueces ordenaron a la Caja realizar todos los exámenes médicos necesarios a Henchoz para determinar cuál es el procedimiento de fertilización asistida que necesita, incluido el in vitro.
El juez José Hernández emitió un voto salvado, al considerar tanto “inútil como innecesario” que la Caja valore a esta paciente si ya hay un criterio técnico que concluye que es poco probable un embarazo a esa edad.
En el país, un decreto de 1995 regulaba la fertilización in vitro y permitía implantar hasta un máximo de seis embriones.
Oposición. Tras conocer el fallo del Tribunal Contencioso, la Caja anunció anoche que apelará el pronunciamiento.
En un comunicado de prensa, el presidente ejecutivo, Eduardo Doryan, señaló que “la CCSS llegará hasta las últimas consecuencias en este caso y con ese propósito los especialistas en derecho analizarán cuidadosa y detenidamente la sentencia”.
La Nación intentó localizar ayer por la noche al presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor Hugo Barrantes, pero no se encontraba en su residencia ni en su oficina.
También se intentó conversar con Hermes Navarro del Valle, abogado que planteó la acción de inconstitucionalidad que se trajo abajo el decreto de 1995.
Sin embargo, en su casa informaron de que Navarro se encuentra fuera del país y que regresará al final de la semana.
FOTOS

Los jueces José Hernández, Julio Cordero y Alner Palacios (orden usual) vieron el caso. Hernández salvó el voto contra la CCSS. Eddy Rojas LN
Primeras reacciones al fallo

“La CCSS llegará hasta las últimas consecuencias en este caso y con ese propósito los especialistas en derecho analizarán cuidadosa y detenidamente la sentencia que obliga a la institución”.
Eduardo Doryan
Presidente ejecutivo CCSS

“El fallo convierte a Costa Rica en el primer país de Latinoamérica que le exige a la Seguridad Social incluir este tratamiento para sus ciudadanos. Es un precedente de enorme importancia”.
Gerardo Trejos
Abogado de la parte acusadora
Procedimiento
Tubo de ensayo
La fertilización in vitro es un procedimiento de reproducción asistida para parejas infértiles. La primera, tuvo lugar en Inglaterra, en 1978. Sin embargo, el manejo de embriones ha sido el centro de numerosas discusiones éticas, morales y científicas. Una de las más fuertes se dio en 1996, cuando Inglaterra desechó 3.300 embriones que permanecieron congelados varios años. La técnica consiste en dar a la mujer la hormona gonadotropina cariónica, para madurar el óvulo. Se seleccionan los óvulos más viables y se ponen en contacto con los espermatozoides para que sean fecundados en un tubo de ensayo. Luego, los embriones se implantan en el útero.
3/2/95
Decreto No. 24029-S regula las técnicas de reproducción asistida en el país.
15/3/00
Voto No. 2000-2306 de la Sala IV que declara inconstitucional el decreto ejecutivo.
2001
En enero, nueve parejas demandan al Estado ante la Comisión de Derechos Humanos.
2004
En marzo, la Comisión de Derechos Humanos admite la denuncia de las parejas.
2008
Octubre: un tribunal abre la posibilidad de que la CCSS haga fertilización in vitro.
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