La Sala IV eliminó ayer el decreto que permitía talar bosques en las playas para construir desarrollos ecoturísticos.
El alto tribunal declaró con lugar una acción de inconstitucionalidad interpuesta contra el decreto ejecutivo 31.750-Minae, que autorizaba la tala hasta del 15% de bosque primario y un 25% de bosque secundario.
Esos bosques están ubicados en los 150 metros de playa que pueden ser dados en concesión (zona marítimo-terrestre).
La acción acogida fue interpuesta por un ciudadano de apellidos Sagot Rodríguez. Empero, las objeciones datan desde marzo del 2004, cuando entró a regir el decreto.
En aquella ocasión protestó la Federación Ambiental (Fecon) y el sindicato de empleados del Ministerio del Ambiente.
Para Sagot y el resto de accionantes, el decreto que permitía las concesiones en la zona costera afectaba el patrimonio del Estado.
Carlos Manuel Rodríguez, exministro del Ambiente y quien firmó el decreto en el 2004, estimó que la norma fue malinterpretada.
Según alegó, el decreto pretendía regular la tala en la zona marítimo-terrestre, para evitar los daños ambientales que están ocurriendo en la actualidad.
Rodríguez cree que actualmente se están talando árboles en la zona costera sin criterios técnicos de sostenibilidad.
Anoche no fue posible localizar a voceros del Minaet para determinar si se construyó algún hotel bajo la vigencia del decreto anulado.
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Decreto que permitía tala en las costas estuvo vigente cuatro años.
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