La Sala Constitucional avaló los controles a colegios privados que realiza el Ministerio de Educación Pública (MEP).
Los magistrados rechazaron una acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Costarricense de Investigación sobre Currículo de Educación.
Dicha asociación pretendía la anulación de algunos artículos del Reglamento sobre centros docentes privados del MEP.
Uno de los artículos establece que los centros privados deben comunicarle al Ministerio si contará o no con laboratorios, centros de información, material audiovisual campos de juegos y, en general, los elementos apropiados para el proceso de enseñanza y de aprendizaje propuesto.
También el MEP obliga a estos centros a no admitir como alumnos en años superiores a quienes, provenientes de otras instituciones educativas, privadas o públicas, que estuvieren reprobados.
Además deben presentar, durante el primer mes del curso lectivo, la nómina completa del personal docente y de los alumnos.
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