Costa Rica, Domingo 29 de junio de 2008

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José Antonio Solera Víquez

Urgencia legislativa

 La Ley de Contratación Administrativa necesita algunos retoques

Abogado

Hace un año externé una opinión en este foro bajo el título “Retoques peligrosos” (13/6/2007) , en el cual se criticaba la aberración legal que contiene la reforma del artículo 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en la cual se permite a una entidad pública sancionar con inhabilitación para contratar con todo el sector público. El oráculo se cumplió cuando el Poder Judicial sancionó a la Corporación CEFA y puso en graves aprietos a la CCSS y a la salud pública de este país, hasta que una medida cautelar logró poner en suspenso la sanción. Hay otros casos que no han tenido igual difusión, pero son de impacto similar.

Hay una buena noticia al respecto y es que la Comisión Permanente de Asuntos Económicos dictaminó, en forma positiva y unánime, el proyecto 16.995 “Reforma Parcial de la Ley de Contratación Administrativa ”, promovido y asesorado por la propia Contraloría General. En este proyecto se corrige ese error y se limita el alcance de la sanción solamente con la Administración licitante. De este modo, será posible inhabilitar con toda la Administración Pública costarricense solo en aquellos casos graves donde (i) se ha obtenido información en forma ilegal; (ii) se han suministrado dádivas o sobornos; o (iii) se ha participado en una licitación teniendo prohibiciones familiares. Creo que esto resuelve las objeciones a mi artículo planteadas entonces por el Dr. Enrique Rojas F. (véase “Sobre Retoques peligrosos”, 12/7/2007).

El proyecto tiene otros dos temas sustanciales: Se dispone la obligación de recibir y analizar todas las ofertas que se presenten a una contratación administrativa y no solamente las de aquellas empresas que fueron invitadas. Esto generará un gran alivio en el sector privado cuyo mercado es fundamentalmente el Gobierno y que veía amenazada la libre concurrencia con semejante limitación. Suponemos también que se evitarán muchos actos de corrupción con las invitaciones “escogidas a dedo”.

Cambio revolucionario. El otro tema de relevancia es un cambio revolucionario en el paradigma: la negociación de los precios. La reforma legal permitirá, con algunos controles, que, una vez abiertas las ofertas, se pueda negociar con las empresas el precio. Esto genera muchas dudas y temores (al cambio) porque revierte totalmente el concepto de que el precio “es firme, definitivo e invariable”. De ahora en adelante, los precios serán negociables.

Solamente hay un tema incómodo en esta reforma: las sanciones para las empresas prescriben en un año. En la otra acera, en el caso de los funcionarios públicos, la Ley Orgánica de la Contraloría General y la Ley de Control Interno establecen una prescripción de cinco años. Así, cometida una falta donde la parte privada y la parte pública sean copartícipes, podríamos tener dos ámbitos de prescripción diferentes, según sea la condición del sujeto. Eso podría generar problemas por una desigualdad de trato.

Es de esperar que la agenda de la Asamblea Legislativa halle el espacio necesario para aprobar esta reforma en forma urgente, pues los retoques a la ley son más que necesarios desde hace muchos meses.

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