Costa Rica, Martes 24 de junio de 2008

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Declara con lugar recurso de un puntarenense

Sala IV ordena a Caja tener ambulancias para discapacitados

 Hospitales deben acondicionar vehículos a población con dificultades

 Condenan al MOPT por falta de taxis adaptados a sillas de ruedas

Ángela Ávalos R. | aavalos@nacion.com

Los hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) están obligados a adaptar las ambulancias a las necesidades de las personas con discapacidad.

Así lo ordenó la Sala IV al declarar con lugar un recurso de amparo interpuesto por Carlos Roy Campos Azofeifa.

Campos reclamó, en enero pasado, que en muchos centros de salud se ven obligados a alzar o a jalar a las personas que utilizan silla de ruedas, ante la falta de vehículos adaptados.

De acuerdo con el voto 08-0101118, del 17 de junio anterior, la Caja debe “adoptar de manera inmediata las medidas que sean necesarias en atención a lo dispuesto en la Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad”.

Esas medidas deben incluir la adaptación o la compra de vehículos que se ajusten a las necesidades de esta población.

También se exige al Consejo de Transporte Público “que disponga de manera inmediata las medidas técnicas que sean necesarias para controlar y verificar que los vehículos ambulancias de la Caja estén adaptados a la Ley 7600”.

Campos, quien se moviliza en silla de ruedas, alegó en su recurso que él debe asistir con frecuencia a citas y procesos de rehabilitación en los hospitales de la CCSS.

Debido a su condición, suele trasladarse en ambulancia.

Sin embargo, el recurrente sostuvo que las unidades “no tienen las adaptaciones apropiadas para el transporte de personas con discapacidad, razón por la deben ser ‘alzadas o jaladas’ para ingresar a esos automotores”.

Campos considera que se le está dando un trato denigrante, y se le expone a sufrir un accidente

Atención. Ayer, también trascendió una nueva decisión de la Sala Constitucional en favor de las personas con discapacidad.

Según la oficina de prensa de la Corte, una mujer de apellidos Valverde Arias interpuso un recurso de amparo contra el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y contra un grupo de 11 empresas de taxi.

La mujer alega que, por su condición de persona con discapacidad, los taxistas se han negado en varias ocasiones a trasladarla junto con su silla de ruedas.

Valverde Arias dijo que en bastantes oportunidades ha solicitado el servicio de taxi.

No obstante, aseguró que las empresas se niegan a transportarla alegando que no tienen vehículos con rampa para personas en sillas de ruedas.

En vista de lo anterior, la Sala IV, en su sentencia 2008-09790, condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios.

La Sala condenó al Consejo de Transporte Público, órgano del MOPT, que, según Valverde, “no ha tomado las acciones para que se adapten los taxis”.

FOTOS

Nacion.com

La mayoría de las ambulancias carecen de las condiciones para transportar pacientes con alguna discapacidad física. Archivo LN

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