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Alberto Ferrero | aferreroa@yahoo.com |
Uniones homosexuales
La legalización de las uniones homosexuales no favorece la salud pública
Médico
Dice bien la señora ministra de Salud cuando nos recuerda, con motivo de su apoyo a la legalización de las uniones civiles homosexuales, que la salud no es solo la ausencia de enfermedad. Su afirmación forma parte de una definición de salud ampliamente difundida a partir de la constitución de la Organización Mundial de la Salud en 1946, que ha estimulado una amplia investigación acerca de los verdaderos determinantes de la salud y de la enfermedad de las poblaciones, respecto a lo cual es cada vez más evidente la estrecha relación entre la salud pública de un país y los esfuerzos que éste emprenda hacia la consecución de objetivos sociales que, en última instancia, confluyan en el logro del bien común, el cual, no obstante, no debe entenderse como la suma del bien individual de cada miembro, sino como las condiciones de vida social que hacen posible la realización y perfección de todas las personas de una manera integral.
Estado dinámico. La relación entre la salud pública y el bien común se sustenta en el hecho de que la salud no constituye un fenómeno estático y estrictamente individual, sino que se acerca, más bien, a un estado dinámico de armonía, tanto entre los diversos órganos y funciones del organismo, como entre el organismo y la psique y, como es cada vez más evidente, entre el individuo y el ambiente.
En este sentido, un componente angular para cualquier concepción integral de la salud lo constituye el reconocimiento de que la salud humana entraña, ineludiblemente, una dimensión ética que la distingue y que está enraizada en el espíritu del ser humano como expresión de una ley moral natural. Como todos sabemos, muchos y serios problemas de salud pública con serio impacto económico para los sistemas de salud, entre ellos la incidencia de determinadas enfermedades orgánicas, infectocontagio- sas o no, así como problemas de salud mental y otras condiciones de naturaleza ambiental, son consecuencia de elecciones éticas equivocadas, tomadas en el plano individual o en el social.
Contra discriminaciones. Desde el punto de vista ético, todos estamos llamados a oponernos con firmeza a cualquier tipo de discriminación contra las personas homosexuales en lo que respecta al ejercicio de los mismos derechos que disfruta el resto del cuerpo social, pero, independientemente del respeto, aprecio y consideración que profesemos hacia ellas, esto no obsta para reconocer, con base en una recta racionalidad que considere entre otros, aspectos de tipo biológico, fisiológico, antropológico y social, que las relaciones homosexuales contrastan con la ley moral natural, que las leyes son elementos estructurantes de la vida social que pueden determinar mentalidad y costumbres y que, como natural consecuencia, la legalización de las uniones homosexuales causaría confusión a las nuevas generaciones respecto a valores morales fundamentales y los expondría a una concepción errónea respecto a la sexualidad, al matrimonio y a la familia, requisitos esenciales para la supervivencia de la sociedad y, antes que ello, para la realización del bien común, razones de más para comprender, por otro lado, que a dicha legalización no se le puede considerar un derecho.
Por tanto, la misma concepción de salud que expresa la señora Ministra no solamente no sustenta ni justifica el impulso que desde su investidura ha prestado a la legalización de las uniones homosexuales, sino que, por el contrario, permite denotar el potencial perjuicio que esta iniciativa entraña para la salud pública, al tiempo que conlleva la particularidad de que, por oponerse a la ley moral natural, obliga a los funcionarios del sector, corresponsables de velar por la salud pública de nuestro país, lo mismo que a los miembros de los diferentes poderes de la república que sepan reconocer esta grave contradicción, a oponerse y a manifestarse respecto a ella y, en caso nece- sario, a hacer valer su derecho a la objeción de conciencia.
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