Costa Rica, Lunes 2 de junio de 2008

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Alejandra Loría Beeche | alexandra@loria.com

¿Pueden ser matrimonio las uniones homosexuales?

 Quienes dicen que es discriminatorio que los homosexuales no puedan casarse, se equivocan

Abogada

L a Nación informó de que el proyecto de ley que pretende equiparar las uniones homosexuales al matrimonio ha ido ganando votos en la Asamblea Legislativa, por lo que parece conveniente reflexionar sobre el tema.

Algunos dicen que es discriminatorio que los homosexuales no puedan casarse, pero se equivocan, porque a nadie se ofende cuando se tratan en forma distinta situaciones que de hecho son diferentes. No atribuir el estatus social y jurídico de matrimonio a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales no se opone a la justicia, sino que, por el contrario, es de justicia que al matrimonio se le de un trato distinto: único.

Absurdo. La afirmación de que una pareja homosexual constituye un matrimonio es absurda si se tiene en consideración que la institución del matrimonio lo que pretende es asegurar la estabilidad social y el recambio y educación de las generaciones futuras, lo que no se da en una relación homosexual. Si dos personas homosexuales desean hacer pública su relación, no es correcto el equipararla al matrimonio, pueden crear otra forma jurídica, pero nunca debería llamársele matrimonio porque nunca tendrán la riqueza propia de la comple-mentariedad de los sexos que se da entre un hombre y una mujer.

Algunos se preguntan: ¿por qué no pueden casarse entre sí si se quieren? La respuesta es muy sencilla. El simple hecho de que alguien quiera casarse con alguien no supone necesariamente que legalmente pueda casarse con esa persona. Así, el varón a quien se le impide casarse con la mujer a la que quiere, solo por el hecho de que es su hermana, no puede quejarse de discriminación, como tampoco puede hacerlo la mujer a la que la ley no deja casarse con el hombre casado, al que dice amar.

Analizando el tema desde el punto de vista de la función social: ¿son equiparables las uniones homosexuales y el matrimonio? La unión estable y comprometida entre un hombre y una mujer es socialmente relevante porque de ella nacen, y en ella se desarrollan, los futuros miembros de la sociedad: es la propia subsistencia de la sociedad lo que está en juego. Analizando las uniones homosexuales desde ese mismo punto de vista (función social) nos encontramos que son estériles: de ellas no nacen hijos que sean fruto inmediato y directo de las relaciones sexuales habidas entre los convivientes, pero, además, resulta que no son especialmente aptas para que en su interior se desarrollen de modo adecuado los hijos fruto de otras relaciones; entre otras razones, por su altísima inestabilidad.

Violación de derechos. Algunos afirman que, si no se reconoce el matrimonio homosexual, supuestamente se estarían violando los derechos humanos; sin embargo, en realidad no existe ninguna referencia al matrimonio homosexual ni en la Constitución Política de Costa Rica, ni en el Código de Bustamante, ni en la Convención Americana de Derechos Humanos, ni en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ni en la Declaración Universal de Derechos Humanos, ni en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ni en la Convención de la ONU sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ni siquiera se menciona en la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, recientemente ratificada por nuestro país, en la cual Costa Rica en forma expresa hizo la reserva, aclaró e interpretó que el Estado costarricense “reconoce el matrimonio entre individuos mayores de quince años y de diferente sexo”.

Lo que más preocupa es el impacto que eventualmente tendrá la aprobación de este proyecto en la institución del matrimonio y en nuestra sociedad. Es necesario reflexionar sobre la diferencia entre el comportamiento homosexual como fenómeno privado y el mismo como comportamiento público, legalmente previsto, aprobado y convertido en una de las instituciones del ordenamiento jurídico. Las leyes civiles son principios que estructuran la vida del ser humano en sociedad, para bien o para mal. Las formas de vida y los modelos en ellas expresados no solamente configuran externamente la vida social, sino que tienden a modificar en las nuevas generaciones la comprensión y la valoración de las conductas.

De legalizarse las uniones homosexuales, se modificarán valores fundamentales y se desvalorizará la institución matrimonial. Por el bienestar de nuestro país el proyecto debe ser rechazado.

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