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Jorge A. Obando |
Abogado y consultor
Hace unas pocas semanas un grupo de autoridades de justicia y seguridad se apersonaron en la Asamblea Legislativa y entregaron a los diputados un paquete de anteproyectos de ley relativos a seguridad ciudadana. La Asamblea Legislativa constituyó una comisión que revisa estas propuestas. Todos estos movimientos, por los problemas de seguridad de los últimos años.
Muchas personas piensan que las propuestas de reforma presentadas no fueron consultadas con la ciudadanía, sin embargo es válido también afirmar que ha habido manifestaciones de los medios y ciudadanos acerca del tema. Es visible en los varios pronunciamientos que se han dado una pugna entre dos maneras de pensar: aquellos que consideran que hay que reducir los derechos de los procesados penales se enfrentan con otros que defienden las garantías constitucionales para todos. Este debate, desafortunadamente, se ha visto acompañado de la imputación de responsabilidades entre los jerarcas de las instituciones policiales, acusadoras y juzgadoras, respecto a las fallas en la respuesta institucional al problema social.
La sociedad, atemorizada por lo cruel del impacto delictivo, ahora se muestra confundida al escuchar criterios tan distintos en relación a la manera de resolver el problema. Creemos que mediante la propuesta de reformas las autoridades ya se manifestaron; es importante ahora analizar lo que piensa la gente.
La demanda de la gente es por protección. Esta demanda muestra dos dimensiones, por una parte protección a las personas de los abusos del poder público, con especial atención a aquellos que se dan por los sistemas policiales y de enjuiciamiento y por otra parte, protección a los habitantes de los daños provocados por otros habitantes. Además la gente exige certidumbre. También esta demanda muestra dos dimensiones. Por un lado, desde la perspectiva del ciudadano muchos de sus derechos sociales y económicos básicos se han tornado en inciertos, particularmente el concepto de servicio o funcionario público, el control de los servicios privatizados, la preservación de la libre competencia, la equidad en la presión tributaria y los cambios en realidades inmediatas como la familia.
La empresa privada y la comunidad internacional piden claridad y estabilidad en las reglas que regulan la inversión. También pide el costarricensecoordinación entre instituciones ya que la sociedad democrática muestra altos niveles de complejidad que no se traducen necesariamente en paz social. Decidimos enfrentar este reto mediante la creación de nuevas instituciones que todavía adolescentes no logran una acción concertada. Hemos adquirido mayor conciencia acerca de la corrupción administrativa, el abandono de niños, la degradación ambiental, la infiltración de carteles narcos y los procesos migratorios, pero no vemos todavía una acción institucional coordinada. La última demanda social es derespeto a la pluralidad . La diversidad exhibida por nuestra sociedad se manifiesta en que los ciudadanos piden un tratamiento igualitario para grupos de filosofías de vida no tradicionales. Esta demanda tiene respuesta constitucional, pero todavía no está en armonía con las rutinas del quehacer institucional.
Los altos niveles actuales de insatisfacción social confirman que todo intento de reforma legal ya no puede ser un simple proyecto donde se persiga a un único tipo de delincuencia (la organizada), se proteja a los testigos o se incremente personal en las instituciones, sino que debe tender a una verdadera transformación estatal que tome en cuenta las cuatro demandas sociales citadas. Esto obliga a los diputados a desarrollar una visión estratégica e integral, y a no dejarse influenciar por políticas de corte reduccionista o coyuntural.
II. Entonces, ¿qué tipo de reformas legales necesitamos? Toda reforma legal habría de incluir tres ideas irrenunciables: (i) Eficacia de la norma para el cumplimiento de sus fines. Las normas no pueden cambiar la realidad socio-económica ni deben representar ofertas imposibles de lograr. (ii) Equilibrio entre los intereses sociales e individuales; el sistema funciona mientras haya tensión entre las fuerzas que lo componen la que debe traducirse en un equilibrio entre el sistema de garantías del imputado y la defensa de los intereses de las víctimas. (iii) Constitucionalización de las leyes. Las leyes necesariamente deben ser escritas de acuerdo con el Derecho de la Constitución; en esto no hay opción.
En el plano de los objetivos, dentro de otros, las nuevas leyes habrían de
kEvitar los abusos de poder de cualquier institución estatal, sea ejecutiva o judicial, municipal o electoral y así garantizar un ámbito seguro y predictible de ejercicio de la función pública, de la prensa y de la vida privada.
kHacer mucho más rápidos y efectivos los procesos de investigación delictiva y de persecución judicial, tanto para pequeños como grandes delitos.
kPosibilitar para la investigación de los delitos el uso de nuevas tecnologías, mejor capacitación de los operadores y verdadera coordinación interinstitucional.
kGenerar reglas comprensibles para todos, y aplicables, que reduzcan los riesgos en el intercambio económico y en transacciones financieras.
kPromover el acceso de todas las personas a un servicio público de calidad tanto en la administración de justicia como en seguridad.
III.- Pieza clave: un nuevo servicio público de justicia y seguridad. Los principios rectores que determinan un servicio público de justicia y seguridad ciudadana de calidad incluirían, en primer lugar, la continuidad del servicio en atención al interés general que debe realizar. Resulta consustancial a la idea de servicio público que no existan barrios o partes de provincias o actividades delictivas (aun de bajo monto económico), donde no se dé la oportuna y efectiva tutela estatal. En segundo lugar, la permanente reforma ya que la adaptabilidad del servicio a los cambios sociales y económicos es esencial y deriva del principio de continuidad. Ante la variación de las realidades sociales y en la medida en que se perjudique la prestación del servicio, tanto el Gobierno institucional como la sociedad civil deben procurar que la justicia y la seguridad constantemente se innoven. El tercer principio es el de igualdad. Todo demócrata habría de estar de acuerdo en que la adecuada dotación del servicio de justicia y seguridad requiere darse en condiciones de igualdad, sin embargo, en la práctica, esta igualdad se interpreta muy caprichosamente. Las nuevas leyes también deben compensar las desigualdades históricas por razón de género, etnia, extranjería y prácticas sociales diferentes. El cuarto principio es la celeridad. Juzgando con base en las quejas que todos escuchamos cada día acerca del quehacer policial y judicial es aquí donde están las mayores fallas institucionales. Se mantiene el desinterés de los jerarcas para detectar oportunamente, y corregir, las causas burocráticas, legales o técnicas que provocan el retardo judicial y las interminables investigaciones delictivas. El quinto principio es la gratuidad. El Estado, en su conjunto, necesita invertir para disponer de servicios públicos de calidad. La gratuidad debe entenderse como disponibilidad orgá- nica y funcional, es decir, constituye la posibilidad real de los habitantes de poder acudir a las instituciones, y defender sus derechos, sin un costo tal que convierta en nugatorio el derecho de acceso y obtención de la justicia y seguridad.
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