LN OPINIÓN

Costa Rica, Martes 22 de julio de 2008

/OPINIÓN

Jorge Cornick

Un deber ético insoslayable

Consultor en comunicación y economía

Durante un período de diez meses, a partir del 1 de noviembre de 2006, me desempeñé como consultor del Banco Centroamericano de Integración Económica, con un honorario de $1,500 mensuales, dentro de un programa de asistencia técnica al gobierno de la República que ha sido objeto de un intenso debate y escrutinio público recientemente.

No hubo, en tal contratación, nada extraordinario: se trató de una consultoría como muchas otras que realizo dentro del giro normal de mis actividades profesionales.

Tampoco tiene nada de extraordinario que el gobierno de un país en desarrollo reciba cooperación técnica no reembolsable de un organismo financiero internacional. Por el contrario, proveer tal asistencia es una de las tareas que realizan de manera rutinaria dichos organismos.

Divulgación de información. Ahora bien, tanto en este caso como en el de cualquier otro programa de cooperación técnica es sano y legítimo examinar los procedimientos utilizados, evaluar los resultados obtenidos y discutir las obligaciones de divulgación de información tanto del cooperante como del receptor de la cooperación. Entiendo que esto es precisamente lo que pretenden hacer tanto la prensa como la comisión legislativa que investigan este tema.

Motivado por estas consideraciones, quiero dejar constancia pública de que no tengo objeción alguna en que mis términos de referencia y los productos de mi consultoría se hagan de conocimiento público.

Sin embargo, todo consultor tiene deberes éticos insoslayables con sus clientes. El contrato firmado entre cliente y consultor no es propiedad exclusiva del consultor, ya que revela información tanto de él como del cliente. Los productos de la consultoría, por su parte, son propiedad exclusiva del cliente.

Así las cosas, aunque nada me resultaría más fácil y conveniente que divulgar toda la información relacionada con la consultoría realizada, me veo en el imperativo ético de no hacerlo. La decisión sobre qué divulgar, cómo y cuándo hacerlo, corresponde enteramente a quien me contrató, aunque reitero que no tengo la menor objeción a que esta información se haga de dominio público.

El punto final, sin embargo, es que me ligan al BCIE y al Gobierno de la República las mismas obligaciones éticas que a todos mis otros clientes. Todos ellos deben saber que el deber de confidencialidad y respeto a la propiedad intelectual que asumo con ellos, tienen el carácter de un deber sagrado, que no estoy dispuesto a incumplir, aún cuando circunstancialmente me resultara conveniente hacerlo.

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