San José (Redacción). La Sala IV ratificó la obligación que tienen todos los costarricenses de realizarse una prueba de sangre como requisito para renovar la licencia de conducir.
De esta forma, el Tribunal declara sin lugar un recurso de amparo interpuesto por un hombre de apellidos Núñez Herrera, quien alegó razones religiosas para no realizarse la prueba.
“De acuerdo con el amparado, en abril pasado llegó hasta las oficinas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para renovar su licencia de conducir, sin embargo se le indicó que para realizar dicho trámite debía presentar un dictamen médico en el que se consigne su tipo de sangre, pues es un requisito indispensable para obtener el permiso.
“Argumentó que esta situación violenta su derecho al libre culto, pues su religión no le permite este tipo de exámenes de sangre“ y afirmó que a su criterio no constituye un requisito razonable que provea de mayor seguridad a los demás ciudadanos”, agrega un comunicado de la Corte.
Sin embargo, la Sala Constitucional declaró sin lugar el recurso de amparo en el voto 2008-17067.
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