Fallo por nuevo camposanto en San Ramón
Sala IV obliga a cambiar reglas para cementerios
Los cementerios no podrán construirse a menos de 200 metros aguas arriba de pozos y nacientes, según determinó la Sala IV.
El fallo anuló un decreto ejecutivo sobre los límites y ubicación de los camposantos, emitido por el Gobierno en abril del 2007.
La Sala IV consideró que el decreto abría la posibilidad de construir cementerios incluso a menos de 200 metros aguas arriba, de un pozo o una fuente de agua para el abastecimiento humano.
Tal posibilidad era factible si se demostraba “técnica y fehacientemente” que no causaría impacto negativo en la salud de las personas y el medio ambiente, destacaron los magistrados.
La ministra de Salud, María Luisa Ávila, aseguró que la decisión del alto tribunal obligará a definir nuestras disposiciones para la construcción de los cementerios.
Ávila firmó el decreto junto con el mandatario Óscar Arias.
En San Ramón. El pronunciamiento de la Sala Constitucional responde a una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el ciudadano alajuelense Álvaro Sagot.
Sagot recurrió a la Sala IV ante la inminente construcción de un cementerio en San Ramón de Alajuela y por considerar que pone en riesgo de contaminación el agua potable de quienes habitan en los alrededores del estadio de futbol, en esa ciudad alajuelense.
Según Sagot, el decreto favorecía a una empresa privada que construiría el cementerio.
La ministra Ávila negó que el decreto se hiciera para favorecer a algún empresario y aseguró que surgió ante la necesidad de camposantos que hay en varios cantones.
Ávila insistió en que los cementerios no representan peligro de contaminación y a su juicio los razonamientos del recurrente no tienen fundamento científico.
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En este lugar construirían el cementerio en San Ramón. Zoila Mora
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