Costa Rica, Miércoles 23 de abril de 2008

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Proyecto de Ley de Capitalización del Banco Central

Autoridades quieren igualar reglas para bancos extranjeros

 Clientes enfrentarían las mismas condiciones de impuestos

 Banco Central podría variar normas para bancos de primer orden

Patricia Leitón | pleiton@nacion.com

El Banco Central y el Ministerio de Hacienda pretenden igualar las condiciones de impuestos que enfrentan los deudores nacionales de los bancos extranjeros, según el presidente del Banco Central, Francisco Gutiérrez.

Las personas que tienen préstamos con bancos offshore (entidades financieras no domiciliadas en el país que pertenecen a un grupo financiero local) no pagan actualmente el impuesto de un 15% sobre las remesas, porque estas entidades cancelan un tributo especial de $125.000.

En la práctica implica que los clientes no pagan un 15% sobre los intereses de sus préstamos.

Así lo establece el artículo 61 bis de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Tampoco pagan este tributo los deudores de los bancos de primer orden, que son entidades financieras que cumplen ciertas características, de acuerdo con los criterios que define el Banco Central. Así lo define el artículo 59 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Actualmente hay 221 bancos de primer orden.

El proyecto de Ley de Capitalización del Banco Central que envió la semana pasada el Poder Ejecutivo a la Asamblea Legislativa elimina el artículo 61 bis de la Ley de Impuesto sobre la Renta .

Con esta decisión, las autoridades procuran desestimular las offshore porque están fuera de la supervisión y del control monetario del Banco Central, pero tampoco quieren crear condiciones de impuestos diferentes para unas entidades y otras.

Al eliminar este artículo, los deudores de las offshore pasarán a enfrentar el impuesto sobre las remesas.

El gerente del BAC San José, Gerardo Corrales, estimó que al aplicar este impuesto, la tasa de interés para los créditos en el exterior podría subir entre 1,2 y 1,5 puntos.

No obstante, detalló Gutiérrez, al eliminar el artículo 61 bis todos los bancos caen en el artículo 59 de esa misma ley.

Por lo tanto, todos pueden pedir reconocimientos como bancos de primer orden.

El Banco Central puede otorgar esta categoría a los bancos que así lo soliciten o puede hacer un reconocimiento de oficio a aquellas entidades que contribuyen al interés nacional por medio de financiamiento de desarrollo, donaciones y préstamos.

“La idea es nivelar la cancha” , manifestó Gutiérrez.

Otro posible cambio. Sin embargo, el Banco Central podría luego hacer una normativa más rigurosa para definir los bancos que pueden ser calificados como “bancos de primer orden” y reducir la lista.

Una opción es que solo se deje una pequeña lista de entidades en las cuales el Banco Central pueda invertir las reservas del país.

Eso implicaría que los clientes de algunos bancos extranjeros, que hoy no pagan el impuesto sobre las remesas, lo pasen a pagar si el banco es excluido de esta lista. Eso sí, se respetan los contratos vigentes.

FOTOS

Nacion.com

Bank of America es una de las entidades que se encuentra en la lista de bancos de primer orden. EFE

De primer orden

Definición

Según las Normas para el Reconocimiento de Bancos Extranjeros de Primer Orden , del Banco Central, se le otorga este reconocimiento a “aquellas instituciones o corporaciones legalmente constituidas, con domicilio en el exterior, gubernamentales o privadas, que se dediquen a actividades de naturaleza financiera, de reconocida solvencia económica en el medio financiero” .

Pueden ser agencias gubernamentales y entidades oficiales, bancos comerciales, bancos de inversión, hipotecarios y otros intermediarios financieros. También, entidades en las que el Estado costarricense tiene participación accionaria y las instituciones de desarrollo.

Reconocimiento

El Comité de Reservas del Banco Central otorga el reconocimiento, según los requisitos y parámetros consignados en las normas.

Requistos

Deben tener altas calificaciones, según las agencias especializadas. Para el largo plazo requieren tener calificación mínima de “A” de Standard & Poor’s Corporation y Fitch Ibca, y “A2” de Moody’s Investors Service. Para el corto plazo, de “A-2” de Standard & Poor’s Corporation, “P-2” de Moody’s Investors Service y “F2” de Fitch Ibca.

Además, un patrimonio mínimo de $1.000 millones o bien tener activos totales iguales o superiores a $8.000 millones.

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