Aplica norma de 72 años de antigüedad
CCSS elimina pensión a empleados públicos viudos
‘Ley general de pensiones’ prohíbe tener dos ingresos del Estado a la vez
Presidente ejecutivo de CCSS considera norma ‘gazapo legal’
Un empleado público que pierda a su cónyuge no tiene derecho a gozar de una pensión por viudez, a menos que renuncie a su trabajo.
La Ley general de pensiones , que data de 1935, obliga a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a rechazar estos beneficios mientras el viudo no presente la prueba de que ha cesado su contrato laboral con el Estado.
El viudo, sin embargo, sí podría trabajar en el sector privado.
Según el director jurídico de la Caja, Gilberth Alfaro, los artículos 14 y 15 de esa ley establecen que ningún empleado público puede devengar, al mismo tiempo, un salario y una pensión estatal.
Lo curioso del caso es que la Caja hasta ahora no estaba aplicando la norma.
Una de las personas afectadas se comunicó con este diario y manifestó su total disconformidad con la medida, pues, aseguró, convierte al viudo “en persona de segunda categoría”.
Alfaro no supo precisar cuándo y por qué se comenzaron a aplicar los artículos de esa ley, tras 72 años de haber sido escritos.
Aparentemente, dijo, llegó una consulta a la Dirección Jurídica que los hizo descubrir el vacío institucional respecto a esa norma.
Para el presidente ejecutivo de la Caja, Eduardo Doryan Garrón, lo que establece esa ley le parece “un gazapo legal pues obligatoriamente debería haber igualdad en acceso para todos”.
Revisión. El gerente de Pensiones de la Caja, José Alberto Acuña Ulate, presentó esta semana un recurso de reconsideración sobre este asunto a la Dirección Jurídica.
Acuña aseguró que hay un impasse en el otorgamiento de estos beneficios mientras se obtiene la resolución legal.
“Hubo un dictamen legal que dijo que esta ley debía utilizarse supletoriamente. Yo me reuní con el director de jurídico y le pedí una reconsideración del caso”, agregó el gerente.
Dentro de los argumentos que Acuña pidió reconsiderar está que esas son pensiones por las cuales pagó el trabajador.
“Aunque esta ley es muy vieja no está derogada. La Dirección Jurídica le dio una interpretación que pedimos reconsiderar”, agregó Acuña.
Según Gilberth Alfaro, un equipo del cual él forma parte está analizando si la autonomía de la Caja les posibilita decir que es “permisible dar una pensión (por viudez) a un trabajador público”.
“Nosotros emitiremos el criterio y será la junta la que finalmente decida”, manifestó.
Doryan espera que ese criterio esté “tan rápido como se pueda, sin perder profundidad, rigurosidad y calidad”.
FOTOS

La Caja analiza si los empleados públicos viudos podrían recibir doble ingreso del Estado: su salario y una pensión por viudez, para la cual cotizó su pareja. (Foto con fines ilustrativos). Archivo
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