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La resolución de la Asamblea de la ONU por el tema indígena obtuvo 143 votos a favor, cuatro en contra y 11 casos de abstención.
EFE
Declaración no vinculante

Asamblea de la ONU respalda derechos de pueblos indígenas

Organismo pide reconocimiento y devolución de tierras para estos grupos
Australia, EE. UU., Nueva Zelanda y Canadá se opusieron a declaración


Nueva York. AFP. La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó ayer una declaración no vinculante que protege derechos humanos, tierras y los recursos de 370 millones de indígenas en el mundo, pese a la oposición de Australia, Canadá, Nueva Zelanda y Estados Unidos.

La resolución de la Asamblea –de 192 miembros– obtuvo 143 votos a favor, cuatro en contra y 11 abstenciones.

La declaración, resultado de más de 20 años de debate en Naciones Unidas, también reconoce el derecho de los pueblos indígenas a la autodeterminación y establece para ellos estándares globales de derechos humanos.

El texto define, además, que estos pueblos tienen derecho “al reconocimiento, el cumplimiento y la aplicación de tratados” pactados con los estados o sus sucesores.

Los pueblos indígenas afirman que sus tierras y territorios están amenazados por la minería, la tala, la contaminación, proyectos de privatización y desarrollo, así como la designación de tierras como áreas protegidas, entre otros problemas.

Oposición. Sin embargo, Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Estados Unidos –que tienen importantes poblaciones indígenas– se abstuvieron de apoyar el texto.

Su postura se concentra en señalamientos sobre la autodeterminación, a los derechos a la tierra y los recursos y al otorgamiento a los indígenas del derecho a veto en legislaciones nacionales y el manejo estatal de los recursos.

Entre los puntos más polémicos figura un artículo según el cual “los Estados deberán otorgar reconocimiento legal y protección” a las tierras y recursos que por tradición pertenecen a los indígenas, así como a las áreas “ocupadas, usadas o adquiridas” por estos pueblos.

Otro punto de discordia es un artículo por el cual los indígenas tienen el derecho al resarcimiento, lo cual abarca restitución de tierras o, si lo anterior es imposible, una compensación justa por sus tierras y recursos, antes utilizados sin su libre, previo e informado consentimiento.

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