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Participación en la democracia representativa La sentencia del TSE sobre el referendo es una de las más importantes en su historiaLuis Antonio Sobrado G. Presidente TSE El instituto del referéndum refiere a un antiguo debate en torno a la conveniencia de las instituciones de la democracia directa. Para un sector tradicional, la democracia directa amenaza a la democracia representativa, pues contradice los fundamentos mismos de la teoría de la representación y abre espacios a la utilización demagógica de las instituciones. Otros apuntan a la búsqueda de nuevos modelos de democracia, bajo el paradigma de la participación popular directa, hasta propugnar el abandono del principio representativo. En tercer lugar, hay quienes sostienen que las instituciones de democracia directa deben constituir un necesario complemento a la democracia representativa del siglo XXI. El legislador costarricense, en su función constituyente derivada, se inclinó por esta última alternativa hace apenas un lustro. Nuestra Constitución Política recoge el principio del gobierno representativo, según el cual la soberanía reside en la nación, cuya voluntad se expresa por medio de leyes elaboradas por sus representantes. El pueblo, en consecuencia, delega en el cuerpo parlamentario el ejercicio de esa potestad legislativa, mediante el ejercicio del sufragio. A principios de la presente década, algunos artículos de la Constitución Política fueron refor- mados para que el Gobierno de la República, además de “representativo” se considere "participativo". Para ello, se mantuvo el principio según el cual la función legislativa es delegada por el pueblo en la Asamblea Legislativa, introduciendo como innovación que el pueblo pueda asumir el ejercicio directo de esa potestad a través del referéndum. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Elecciones, nuestro referéndum no fue diseñado como una apuesta radical por la democracia directa, ni como un instrumento para cuestionar la legitimidad del gobierno democrático-representativo. Más bien, se trata de un mecanismo de participación popular directa complemen- tario al ejercicio representativo del gobierno. La consulta al pueblo soberano se concibe, en consecuencia, como excepcional. Ocasionalmente, dentro del marco democrático se ha de activar un saludable ejercicio popular para decidir sobre temas críticos, con el beneficio adicional de propiciar valiosas oportunidades de educación e integración políticas. Transformaciones. La resolución del Tribunal Supremo de Elecciones N.° 790-E-2007 del 12 de abril de 2007 abrió la posibilidad -por vez primera- de realizar un referéndum, en este caso para que la ciudadanía costarricense manifieste su voluntad respecto a la suscripción del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos. Esa resolución constituye una de las sentencias más importantes que haya emitido este organismo electoral en su historia reciente, pues desencadenó una serie de acontecimientos jurídicos y políticos que han de culminar en la consulta popular del próximo 7 de octubre. El sistema político costarricense viene experimentando importantes transformaciones en los últimos años. En un contexto de profundos cambios en el sistema de partidos, crisis de representación, alteraciones significativas de los patrones de comportamiento electoral y activación de un ciclo de movimientos sociales, entre otros fenómenos, se ha ido esbozando un debate sobre el modelo de desarrollo y, correlativamente, del modelo de Estado que más conviene al país. Por la heterogeneidad de los intereses en juego, la polarización de los discursos y la propia complejidad del tema, el debate respecto a la conveniencia de suscribir el Tratado de Libre Comercio llegó a un punto muerto dentro de los cauces institucionales representativos. El referéndum del 7 de octubre será una solución democrática –la más democrática posible– a un dilema que la institucionalidad representativa ha sido incapaz de resolver. Por primera vez, la longeva democracia costarricense acudirá a un referéndum como vía para la toma de decisiones políticas. También, por vez primera, en América Latina se someterá al escrutinio popular un Tratado de Libre Comercio. El tema consultado es, ciertamente, difícil y polémico. Por ello la decisión pasó del ámbito de los representantes al espacio de la ciudadanía. Ahora el pueblo tiene la palabra mediante el ejercicio del sufragio.
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