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Menos privilegios Las juntas directivas de algunas instituciones han suscrito convenciones colectivas contra todo sentido de justiciaLos dirigentes sindicales, al defender los privilegios, han desnaturalizado los fines del sindicalismo La Sala Constitucional eliminó algunos privilegios contenidos en la convención colectiva del Banco Popular. La reacción de una dirigente sindical por esta sentencia fue la siguiente: “Es una resolución política. Pisotean acuerdos internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establecen que la convención colectiva tiene rango de ley”. Esta declaración refleja el pensamiento turbio y erróneo de un sector del sindicalismo nacional sobre el Estado de derecho, el rango de la Sala Constitucional y la orientación de esta organización social en el país. Este enfoque debe tener en cuenta que la Sala Constitucional ha emitido parecidas resoluciones sobre los privilegios en las convenciones colectivas del Banco Nacional, de la Universidad Nacional, del Instituto Nacional de Seguros, de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, y sobre la Junta Administrativa de Desarrollo de la Vertiente Atlántica (Japdeva). La resolución de la Sala Cuarta anuló tres artículos de la convención colectiva del Banco Popular: incentivo sobre vacaciones, salarios adicionales por años de trabajo y reajustes por una nota de desempeño superior al 70%. Este tipo de privilegios quebrantan el principio de igualdad y, curiosamente, se han repartido generosamente en las instituciones que han suscrito convenciones y que cuentan, además, con suficientes recursos provenientes de los usuarios de los servicios. Otros empleados públicos en otras entidades no gozan de estas sinecuras. Al parecer, el tema de la justicia social, tan grato a los dirigentes sindicales, toma otro giro en estas negociaciones. Las resoluciones judiciales, los reportajes periodísticos y las denuncias sobre los abusos o excesos en las convenciones colectivas ponen de manifiesto que, por muchos años, esta ha sido norma común con la venia de las juntas directivas y del propio Ministerio de Trabajo, que las ha homologado acríticamente. Esta esplendidez con recursos que no son propios explica no pocas aberraciones en el sector público, pues refleja una actitud y un estilo, en cuanto al gasto, e introduce en las decisiones políticas o económicas intereses deformadores. De esta complacencia o indiferencia solo hay un paso hacia la corrupción. Es justo destacar, en esta resolución de la Sala Cuarta sobre la convención colectiva del Banco Popular, que fue un partido político, el Movimiento Libertario (ML), el que actuó ante la renuencia o indiferencia de la Administración anterior. Esta creó, en el 2002, una comisión de exministros de Hacienda para analizar el gasto público, cuyas recomendaciones dicho Gobierno engavetó. Entre las sugerencias figuraba la supuesta inconstitucionalidad de algunas cláusulas de las convenciones colectivas. Pese a ser este un terreno movedizo, desde el punto de vista político, el ML actuó. El temor del Gobierno anterior llena muchas páginas de la historia política de nuestro país, pues el cálculo electoral o la comezón de la popularidad han suplantado, en muchas ocasiones, el cumplimiento del deber y el sentido del bien común. Los partidos políticos han hecho causa común con el Poder Ejecutivo. Más bien, han escogido la vía de la lucha contra la corrupción, el clientelismo o la mala gestión pública con medidas suficientemente calculadas –o poses– para llamar la atención y no desgastar el patrimonio político. La ética en la función pública se conquista con resultados concretos. La retórica moral o marginal, sin atacar las cuestiones de fondo y sin exhibir a los responsables, más bien estimula los actos indebidos.
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