No aplicará ley que lo impide
Caja ratifica pensión a burócratas viudos
Los empleados públicos viudos podrán gozar del beneficio de una pensión por viudez de la Caja de Seguro Social (CCSS).
Según resolvió la Dirección Jurídica de la Caja, aunque los empleados públicos gocen de un salario en el Estado, también podrán tener este beneficio mientras demuestren que dependieron económicamente de su cónyuge.
La medida se tomó luego de que la Gerencia de Pensiones de la Caja presentara un recurso de reconsideración ante la Dirección Jurídica, en setiembre pasado.
El recurso solicitaba reconsiderar la obligatoriedad de aplicar una norma contenida en una ley aprobada en 1935, hace 72 años: la Ley general de pensiones.
Según esa ley, los empleados públicos no podían gozar de dos ingresos estatales a la vez (el salario y la pensión). La aplicación de esa ley obligaba al empleado a renunciar a su trabajo con el Estado si quería recibir la pensión de su cónyuge.
Reconsideración. Según informó la Caja en un boletín de prensa, los abogados de la Dirección Jurídica resolvieron que un trabajador, desde que ingresa a un régimen de jubilación, “queda protegido por los criterios legales de ese régimen y por las normas y principios constitucionales que consagran su derecho a la jubilación”.
Para el gerente financiero de la Caja, José Alberto Acuña Ulate, “esta resolución refuerza y reafirma el principio de solidaridad que tiene la Caja”.
Este gerente era del criterio de que las pensiones por viudez son beneficios por los cuales pagó el trabajador en su momento.
El presidente ejecutivo de la Caja, Eduardo Doryan Garrón, consultado por este diario en setiembre, manifestó que la ley que se pensaba aplicar “era un gazapo legal”.
La dirección jurídica aclaró que quien pretenda disfrutar de una pensión por muerte debe cumplir con todos los requisitos y condiciones que establece el reglamento para las pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja.
El 29 de setiembre, cuando La Nación informó de la existencia de esa ley de 1935, una empleada pública que había sido perjudicada por su aplicación manifestó a La Nación sentirse como “persona de segunda categoría”.
“Mi esposo era profesional y trabajaba en el sector público. Nosotros teníamos cierta calidad de vida. Yo contaba con esos ingresos y ahora tengo meses de no recibir absolutamente nada”.
“El 70% de los viudos nos convertimos en cabeza de familia. Esta norma nos convierte en personas de segunda categoría”.
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Una ley de 1935 impide a los empleados públicos viudos recibir pensión de la CCSS. La Dirección Jurídica de la Caja reconsideró el caso. archivo
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