Costa Rica, Miércoles 10 de octubre de 2007

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EL ESPECIALISTA

Fiscalidad de fideicomisos

MarcoOdio

Analista tributario

El fideicomiso es un contrato mercantil, mediante el cual se regula un negocio jurídico que implicará la transmisión de propiedad de un bien de una persona a otra con el fin de llevar a cabo los fines indicados en el acto constitutivo.

Es un contrato cuyo uso se ha incrementado notablemente en nuestro medio, ya que permite asegurar o garantizar el cumplimiento del negocio, relativamente a muy bajos costos.

Son tan variadas las modalidades de los fideicomisos que en no pocas ocasiones conforman exitosos negocios que proporcionan altos rendimientos. Es por ello que nuestro impuesto sobre la renta somete a imposición los fideicomisos al considerarlos expresamente como contribuyentes del impuesto, a pesar que no ostenta personalidad jurídica.

No obstante al respecto cabe hacer una distinción, y es que a pesar que la Ley no lo establece expresamente, no todo fideicomiso debe ser considerado como contribuyente. Existen fideicomisos que no generan rendimiento alguno, por lo que no deben ser objeto de imposición. Estos son los llamados fideicomisos de garantía cuya naturaleza se limita a garantizar el cumplimiento de una obligación, por lo que nunca generará por si renta alguna.

El problema estriba en muchas veces se esconden verdaderos fideicomisos de administración detrás de supuestos fideicomisos de garantía con la única intención de no tributar.

En este sentido debemos ser muy cautelosos a la hora de redactar un fideicomiso porque recordemos que para la Administración Tributaria las formas jurídicas no cuentan como si la realidad económica del negocio jurídico.

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