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Cobro por contaminar ríos lleva tres años atrasado Minae cobrará más a firmas que viertan líquidos sin tratar en los caucesTarifa para familias rondará los ¢98 mensuales; vendrá en el recibo de agua Vanessa Loaiza N. vloaiza@nacion.com El Ministerio del Ambiente y Energía (Minae) lleva tres años de atraso en la aplicación de un canon a las instituciones públicas, empresas y personas que vierten aguas negras y servidas en los ríos. Según autoridades de ese ministerio, un reclamo presentado por los productores de tilapia y trucha demoró otra vez la fijación de los montos que deben pagar las empresas y las familias. María Guzmán, directora de Gestión de Calidad del Minae, dijo que los acuicultores critican el hecho de que el monto del canon sea igual para empresas que vierten aguas muy contaminadas y para aquellas que tratan sus líquidos. Guzmán explicó que el Ministerio del Ambiente acogió el cuestionamiento de los productores de tilapia y ahora los técnicos están ajustando los montos del importe según el nivel de contaminación de los vertidos. Así, una empresa que no le de tratamiento a sus residuos pagaría $1.000 por mes. Mientras, las compañías que “limpian” sus vertidos pagarían unos $40 por mes, estimó la funcionaria. Por su parte, las familias promedio tendrán un cobro cercano a los $0,19 por mes (¢98). El canon se incluirá en la factura por servicios de agua potable que cobran el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) y los acueductos rurales, entre otros. María Guzmán estimó que el cobro entrará a regir en “dos o tres meses”. Ella agregó que, a más tardar, estará en aplicación en junio o en julio de este año. Cálculo. El monto a pagar se definió de acuerdo con la cantidad de oxígeno necesario para oxidar químicamente todas las sustancias orgánicas presentes en el agua y al total de sólidos suspendidos. Estas sustancias orgánicas incluyen jabón, agroquímicos, solventes y excrementos que caen sin tratamiento en ríos tan deteriorados como el Tempisque (Guanacaste), Grande de Tárcoles (Pacífico central), Virilla, María Aguilar, Torres y Tiribí (Valle Central). En el 2005 la aplicación del canon sufrió un primer retraso cuando la Liga Agrícola Industrial de la Caña (Laica) presentó una acción de inconstitucionalidad en la Sala IV. En aquel entonces, alegó que la aplicación del canon requería de una ley de la República. No obstante, este escollo fue superado a finales del año pasado, cuando la Sala declaró sin lugar el reclamo. El Minae pretende destinar el dinero recaudado (una cifra aún no estimada), para programas de rescate de cuencas y capacitación comunal en el manejo de vertidos.
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