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Foto Principal: 1543358
Los jueces Rosaura Chinchilla y Edwin Salinas, junto con Rosaura García (fuera de la foto), absolvieron, en voto unánime, a los exdirectores.
archivo
Causa por publicación de campos pagados que defendieron a eliseo vargas

Sala III desacredita absolutoria de nueve exdirectivos de la CCSS

Afirma que jueces se equivocaron al valorar el delito de peculado
Tribunal se distrajo en “aspectos secundarios”, dicen los magistrados

Giannina Segnini
gsegnini@nacion.com

La Sala III desacreditó, por el fondo y por la forma, un fallo del Tribunal de Juicio de Goicoechea que en julio del 2005 absolvió a nueve exdirectivos de la CCSS.

En su resolución de ayer, la Sala dio la razón a los fiscales del Ministerio Público, quienes habían acusado de peculado a los exdirectivos por haber ordenado publicar, en cuatro medios de comunicación, un campo pagado que defendía al expresidente de la CCSS, Eliseo Vargas García. El costo fue de ¢1.989.350.

Una investigación publicada por La Nación el 21 de abril del 2004, reveló que Eliseo Vargas vivía en una casa valorada en $735.000 en Santa Ana que había sido comprada por un ejecutivo de la Corporación Fischel.

Vargas renunció a su cargo ese mismo día y sus entonces compañeros de junta directiva decidieron respaldarlo con la publicación de un campo que decía:

“La Junta Directiva de la CCSS expresa su más profunda solidaridad al Dr. Eliseo Vargas García, Expresidente Ejecutivo de la institución, en quien reconoce a un hombre de entereza moral, acendrados principios éticos y una larga trayectoria de servicio público caracterizada por la transparencia en cada uno de sus actos. Apreciamos su valiente decisión de separarse del cargo para afrontar, en el plano personal, los señalamientos de que fue objeto en la publicación periodística del diario La Nación del 21 de abril del año en curso”.

Inicialmente, los directivos habían dispuesto pagar las publicaciones con dinero de la CCSS; argumentaron que el texto pretendía defender a la institución. Ante los cuestionamientos, ellos mismos financiaron los espacios.

Equivocados. De acuerdo con la Sala III, fue “equivocado” el fallo del Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de San José, integrado por los jueces Rosaura Chinchilla Calderón, Edwin Salinas Durán y Rosaura García Aguilar.

Los jueces estimaron que, al no existir un perjuicio económico para la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), por el “arrepentimiento” de los exdirectivos, no se configuró el delito.

De forma insistente, los magistrados de la Sala III le recordaron al Tribunal que para la consumación del delito de peculado no es necesario el perjuicio económico, pues lo que se protege son “los deberes de la función pública y la probidad de los funcionarios con relación a los bienes que le fueron confiados”.

Los magistrados también cuestionaron que los jueces no valoraron toda la prueba y que se “distrajeron” analizando aspectos secundarios sin importancia y no las acusaciones fundamentales.

El Ministerio Público expuso, durante el juicio, que los directores discutieron en varias sesiones sobre cómo defender a Vargas frente a la investigación de La Nación .

“Lo que se discutía era la forma de plantear una defensa a favor de Vargas García y no de la institución, dado que, entre otras cosas, se habla de “solidaridad hacia el doctor”, del cuidado que tenía Eliseo al brindar información, de la pretensión de defenderlo o con el pretexto de defender a la Caja de “la infamia” que cometía el periódico La Nación ”, argumentaron los fiscales Juan Carlos Cubillo y Juan Carlos Carrillo.

Luego de las publicaciones y tras una investigación judicial, Eliseo Vargas confesó haber recibido comisiones por $105.000 de la Corporación Fischel por la aprobación de una ley que permitió la compra de $39,5 millones en equipo médico finlandés para la CCSS. Vargas y el exmandatario Rafael Ángel Calderón, entre otros, fueron acusados el viernes por la Fiscalía de peculado y corrupción agravada en relación con esos hechos.

Magistrados califican análisis de “débil”, “equivocado”, “insuficiente” y “descontextualizado”

‘‘

El Tribunal de Juicio, no obstante su extensa exposición doctrinal sobre la importancia del bien jurídico en un Estado Democrático de Derecho como el nuestro, de nuevo olvida que en este caso el bien jurídico que se pretende proteger no es el patrimonio del Estado o de sus instituciones, sino la probidad con la que deben actuar los funcionarios públicos en torno a los bienes o dineros que se les entrega para su administración, percepción o custodia.

n n n

Cuando el fallo centra su argumentación en que la página de la publicación hubiera costado lo mismo, con o sin el párrafo laudatorio al doctor Vargas García; en que las dietas de los directivos costaron exactamente lo mismo porque se les paga por sesión asistida y no por temas tratados (donde la publicación fue solo uno más); en que los salarios de trabajadores subalternos tampoco incidió en las finanzas (...); o cuando, en fin, se distrae el Tribunal contando el número de palabras del manifiesto público (sin reparar en la calidad de conceptos supuestamente solidarios o elogiosos y su posible impacto en el momento de los hechos); o calculando los costos ínfimos (“ridículos”, los llama el a quo) de horas laborales o suministros, pierden una oportunidad trascendental para valorar lo que realmente estaba en juego, a saber, definir si la denuncia pública contra el más alto jerarca de una institución, ciertamente emblemática en la historia nacional, había sido legítimamente -o no- defendido por sus compañeros de junta directiva, y si esas acciones de alguna manera tenían que ver con la probidad en la gestión pública (...). Es evidente que los juzgadores dieron énfasis a aspectos secundarios y no esenciales de los hechos investigados y de la eventual configuración de la acción delictiva acusada. La cuestión no se supera sino, por el contrario, se vuelve argumentación contradictoria, cuando los juzgadores reconocen que hubo en la especie una infracción ética, que prefieren llamar simple “desliz”, ajeno al ordenamiento jurídico penal.

n n n

...no se puede estimar como un acto “medieval”, “inquisitivo” o “irracional” de parte del Ministerio Público, el haber acusado a los justiciables por supuestamente ordenar una publicación en donde se expresa solidaridad y apoyo moral a un exfuncionario de la institución, el doctor Eliseo Vargas García, al momento de estar seriamente cuestionado, pues dicho proceder respondía, en tesis de principio, al hecho de que el bien jurídico que se veía afectado en este caso, no era tanto el patrimonio del Estado, como por el contrario, los deberes y probidad con la que debían actuar los acusados en torno a los bienes que tenían bajo su administración.

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Si una de las premisas de las que parte el Tribunal para absolver a los imputados, consistió en la insignificancia de la lesión al bien jurídico, que no se vio disminuido o afectado (patrimonialmente) como consecuencia de la cancelación que se hizo de los campos pagados (...), no cabe duda alguna que se equivocó.

n n n

...no solo no se valoró la totalidad de la prueba recibida en debate, lo que hace que el análisis sea insuficiente, sino que además se hace de manera descontextualizada.

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...independientemente de la abundancia de la prueba recibida (...), tenía que valorarla (el Tribunal) o examinarla en su totalidad, y no solo en los extremos o puntos que interesaban o favorecían la tesis que asumieron de entrada en torno a este caso, sino también en relación con cualquier otro aspecto distinto o contrario a ella, (...) Al no haber actuado de esta forma, perdió consecuentemente rigurosidad y objetividad con la que -se supone- debió haber actuado en este punto.

n n n

Resulta evidente la debilidad del razonamiento y fundamentación expuesta por el Tribunal.

n n n

... queda claro que el Tribunal de Juicio inobservó no sólo las normas de orden procesal al momento de emitir el fallo, sino también las de naturaleza sustantiva.

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Exdirectivos de la CCSS serán juzgados de nuevo

La Sala III ordenó juzgar de nuevo a los directores de la CCSS que publicaron campos pagados en los que se defendió a Eliseo Vargas García.

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