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¿Pifian las leyes? Podríamos ganar un galardón mundial de ineficiencia en recaudaciónRaúl Marín Zamora raulmarinz@yahoo.com Abogado Millonadas adeudan los clubes de fútbol a la Caja Costarricense de Seguro Social. Ese dinero –estimado en unos ¢2.000 millones– igual que elaffaire del crédito fin- landés, está haciendo mucha falta para la adecuada atención de la salud de los asegurados. La cada vez más deteriorada e insalubre infraestructura hospitalaria, la alarmante postergación en las citas médicas en campos altamente vulnerables y la escasez de medicamentos deberían hacer que las autoridades de la Caja echen firmemente mano del instrumental jurídico a su haber. Ninguna duda debería caber que vale más el derecho humano a la salud que el aporreo de un balón, tan caro, por cierto, y de manera tan enfermizamente destacada en algunos medios. La morosidad patronal en seguridad social es gigantesca, pese a lo recursos que tiene la Caja para ser eficiente recaudadora del dinero que da sustento a tan preciado bien. Esa entidad, mientras no pruebe lo contrario, da la impresión de ser, en especial tolerante con las empresas que manejan plantillas, o planillas, multimillonarias. En este campo, y en el de la ineficiente recaudación fiscal, podríamos ganar un galardón mundial de ineficiencia; o sea, de falta de arrestos. Prioridad. En esos terrenos, la Defensoría de los Habitantes tendría mucho que hacer, escapando de lo anecdótico, protagonístico y cotidiano, dando prioridad a lo realmente relevante. Se nos informa que hubo que esperar 7 años para que se dirimiera en estrados lo obvio: que los ingresos del futbolista trabajador en cuanto tal están sujetos a las cargas sociales (La Nación , Deportes, 21/02/07). ¡Pero si la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social lo dice con todas sus letras: “El monto de las cuotas que por esta ley se deban pagar, se calculará sobre el total de las remuneraciones que bajo cualquier denominación se paguen, con motivo o derivadas de la relación obrero-patronal” (art. 3)! De manera que el llamado “derecho de imagen” es una de las denominaciones posibles de las remuneraciones de los deportistas y de otros trabajadores vinculados a la esfera mediática. Sigue diciendo la precitada Ley: “Los patronos, al pagar el salario o sueldo a sus trabajadores, les deducirán las cuotas que estos deben satisfacer y entregarán a la Caja el monto de las mismas … El patrono que no cumpla con la obligación que establece el párrafo anterior, responderá personalmente por el pago de dichas cuotas. …” (art. 30). Valores. Ahora bien, la sanción no es meramente económica, sino que, en atención a los valores en juego, el asunto tiene ribetes penales: “Constituye retención indebida y, en consecuencia, se impondrá la pena determinada en el artículo 216 del Código Penal, a quien no entregue a la Caja el monto de las cuotas obreras obligatorias dispuestas en esta ley” –esa pena es de prisión–. ¿Por qué la Caja espera 7 años cuando tiene a su disposición un arsenal jurídico de alto calibre? Aparte de la vía penal, podría –si voluntad hubiese– echar mano del artículo 48.bibídem , que le permite ordenar administrativamente el cierre del respectivo establecimiento “Cuando exista mora por más de dos meses en el pago de las cuotas correspondientes, siempre y cuando no medie ningún proceso de arreglo de pago o declaratorio de derechos entre el patrono y la Caja…”. ¿Después de 7 años – gracias a la proverbial celeridad de nuestros tribunales–, le correspondería ahora actuar al Ministerio Público por tratarse de un delito de ejecución continua y, eventualmente, cuestionar a la abúlica Caja, que, teniendo músculo, no lo utilizó? ¿Cuánto tiempo habrá, entonces, que esperar para despejar esa incógnita? ¿Lo verán nuestros nietos? ¡Cuántos sufrimientos y muertes se pudieron evitar con ¢2.000 millones oportunamente aprovechados en salud pública, al igual que con lo distraído del funesto crédito finlandés! ¿No resulta también criminal esa omisión de cobro? ¿Pifian las leyes?
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