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Eugenio Millot y su esposa, la abogada Alejandra Araya, respondieron mediante un correo electrónico. No dijeron dónde están.
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Si se anula sentencia de Ivannia Mora

Millot dice que se presentaría si tribunales lo requieren

Explicó por medio de su abogada que ya enfrentó cargos en últimos tres años
Insistió en que la Sala Tercera debe absolverlo por certeza y no por duda

Carlos Arguedas C.
carguedasc@nacion.com

Eugenio Millot Lasala afirmó que si la Sala Tercera revoca la sentencia absolutoria por el homicidio de Ivannia Mora y un tribunal lo requiere, se presentará como lo hizo en los últimos tres años.

La aseveración la hizo mediante un correo electrónico que envió su abogada y esposa, Alejandra Araya Chaverri, desde algún lugar que no quiso revelar.

El empresario argumentó que pidieron a los magistrados de la Sala Tercera que lo absolvieran por certeza (o inocencia) y no por duda (como lo dictaminó el Tribunal de Goicoechea), porque el supuesto móvil que le atribuyó la Fiscalía para perpetrar el crimen era probable en largo o el mediano plazo.

Explicó, además, que el Tribunal consignó en la sentencia que no encontraron ningún indicio que lo comprometiera con el crimen.

En el correo, la abogada Alejandra Araya expone que las dos declaraciones anuladas y que dieron lugar al fallo absolutorio “son falsas y se contradicen con otros testigos ofrecidos por los mismos fiscales y, además, con la prueba técnica”.

Contraparte. Paralelamente, se supo que el Ministerio Público expuso siete motivos por los cuales consideró que debe anularse la sentencia absolutoria y ordenarse un nuevo juicio en el caso del crimen de Ivannia Mora, cometido el 23 de diciembre del 2003.

En el recurso de casación que presentaron los fiscales Osvaldo Henderson y Róger Mata, se insiste en que las declaraciones de los testigos Adolfo de Moya Mejía y Johan Torres Erazo, recibidas como anticipos jurisdiccionales de prueba, “son válidos, legítimos y eficaces”.

En el documento agregaron que esos testimonios, en conjunto con el otro material probatorio, hubiese servido para dictar sentencia condenatoria contra todos los implicados en el homicidio.

Para los fiscales, nunca hubo violación de los derechos constitucionales de los imputados.

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