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Mario Quirós (der.) teme que la vía rápida alargue el trámite de las leyes. Aquí, con José Luis Vásquez (PUSC).

Reforma al Reglamento para agilizar leyes

Persisten dudas sobre efectividad de vía rápida

Libertarios piden al Ejecutivo aclarar si reforma alarga plazo para votar leyes
Gobierno prepara documento técnico para despejar dudas de agrupación

Ismael Venegas C.
ivenegas@nacion.com

El Movimiento Libertario duda de la efectividad de una reforma al Reglamento del Congreso que permitiría poner plazo de votación a las leyes.

Otto Guevara, presidente de los libertarios, dijo que en la versión final del texto se introdujo una norma que alargaría el trámite de los proyectos.

Guevara manifestó que los legisladores libertarios votarán favorablemente la reforma reglamentaria, siempre que el Ejecutivo despeje la duda.

El diputado libertario Mario Quirós alertó a Guevara sobre dicha preocupación.

Según Quirós, el envío de las mociones de los diputados a una comisión alargaría considerablemente el plazo de 22 sesiones (máximo 28) para votar las distintas iniciativas.

Respuesta. Álex Sibaja, asesor del Gobierno en asuntos legislativos, informó de que un grupo de expertos prepara un documento para disipar la duda del Movimiento Libertario.

Según comentó Sibaja, la reforma reglamentaria reduce sustancialmente el tiempo para discutir las mociones, lo cual permitirá a la comisión discutir una mayor cantidad de enmiendas en un plazo menor.

Los seis votos del Movimiento Libertario son claves para aprobar la reforma al Reglamento, que requiere 38 sufragios.

La iniciativa tiene el respaldo de los 25 diputados oficialistas, de los cinco socialcristianos, de José Manuel Echandi, de Unión Nacional, así como de Guyón Massey, de Restauración Nacional.

La reforma al artículo 41 bis (conocido también como “vía rápida”) se encuentra en consulta en la Sala Constitucional.

Los diputados agotaron la discusión del texto y solo queda pendiente la votación final, en caso de que los magistrados de la Sala no detecten vicios de procedimiento o de fondo.

La Sala recibió el expediente del proyecto el 22 de mayo. Se estima que podría emitir opinión a fines de esta semana; sin embargo, podría resolver el tema conjuntamente con las consultas planteadas sobre el TLC.

El artículo 41 bis para poner plazo de votación a los proyectos fue introducido en 1999 en el Reglamento de la Asamblea Legislativa,

La modificación a esa norma reglamentaria propone aplicar el procedimiento abreviado a los convenios y tratados internacionales.

Además, reduce de una hora y 30 minutos a 17 minutos el tiempo de que disponen los parlamentarios para discutir las mociones en las comisiones legislativas.

La enmienda fue promovida para aplicársela al Tratado de Libre Comercio, pero el futuro del acuerdo comercial se dilucidaría en un referendo, previsto para el próximo 7 de octubre.

El instrumento sigue teniendo vigencia para acelerar las 13 leyes paralelas al Tratado.

Mayi Antillón, jefa de la bancada liberacionista, manifestó que seguirá negociando con los partidos para mantener los 38 votos que se necesitan para aprobar la reforma.

Acción Ciudadana, José Merino, del Frente Amplio, y Óscar López, del PASE, se oponen.

La duda en breve

Tesis encontradas

El libertario Mario Quirós sostiene que en la reforma al artículo 41 bis del Reglamento legislativo se introdujo una nueva “instancia”, que es enviar las mociones presentadas por los diputados en el plenario a la comisión que dictaminó el proyecto. Según Quirós, las comisiones no tienen un límite para ver las enmiendas, lo que alargaría el plazo de 22 sesiones (máximo 28) estipulado en el Reglamento. Para el libertario, las mociones deben discutirse en las 22 sesiones.

Álex Sibaja, asesor del Ejecutivo en asuntos legislativos, destacó que en la reforma se envían las mociones a la comisión con un plazo reducido de 17 minutos para discutirlas. Normalmente, el tiempo asignado es de una hora y 30 minutos. El exdiputado estima que, con esos plazos, el trámite de los cuatro días de mociones (por el artículo 137 del Reglamento) podría consumir 12 de las 22 sesiones fijadas para votar un proyecto si se le aplica el artículo 41 bis del Reglamento reformado. También habría tres sesiones para ver mociones de reiteración en el plenario.

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