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/LA NACIÓN

El derecho a la vida

Actualidad y trascendencia de la lucha por un derecho de los que aún no han nacido

Óscar Álvarez Araya


La reciente aprobación de una nueva ley abortista en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de México vuelve a poner de manifiesto la actualidad y la trascendencia de la lucha por el derecho a la vida en el contexto de la Latinoamérica.

Con frecuencia nos referimos a los grandes genocidios de la historia, en especial a los más recientes, perpetrados durante el siglo XX y promovidos por el nacional socialismo o el estalinismo, pero con mucha facilidad olvidamos las nuevas formas del genocidio tan presentes en la sociedad contemporánea.

Genocidio significa crimen cometido con el propósito de exterminar a un grupo étnico o social. En un sentido más amplio, significa asesinato a gran escala de gentes o pueblos.

Desde esa perspectiva, el aborto inducido es una de las formas más actuales de genocidio cometido en contra de los seres humanos más débiles e indefensos. Constituye un crimen en contra de niños y niñas inocentes y una violación flagrante del derecho a la vida de los no nacidos. El aborto inducido es una práctica generalizada en las sociedades de hoy y afecta a la población más joven de todos los grupos étnicos y sociales. Es una modalidad más amplia que el tradicional genocidio porque no afecta solamente a un grupo social o étnico sino a toda la humanidad de los que no han nacido, pero que viven, son personas y tienen derecho a la vida y, por lo tanto, al nacimiento.

La Declaración Universal de Derechos Humanos estableció que todo individuo tiene derecho a la vida.

Seguridad e integridad. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre, aprobada en 1948, acordó que “todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad y a la integridad de su persona”.

Así, también en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Costa Rica en 1970, se establece que: “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y en general a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

Según la Convención de los Derechos del Niño, aprobada por las Naciones Unidas en 1989, “el niño por nacer es un ser humano, es persona y por lo tanto es el titular de derechos y obligaciones, entre ellos el derecho a la vida, al nacimiento, a la supervivencia y a recibir un trato acorde con la dignidad humana”.

Asimismo, en la Declaración de los Derechos de los Niños, de las Naciones Unidas, aprobada en 1959, se establece que “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento…”.

Es decir que el “niño no nacido”, además de ser persona y titular de derechos y obligaciones, incluidos el derecho a la vida y al nacimiento, en razón de su falta de madurez necesita protección y cuidados especiales… Hay que darle, entonces, un trato especial con el fin de permitirle seguir viviendo en el seno de la madre y a nacer en el momento oportuno.

Tomando como base los textos jurídicos mencionados, hay que promover la defensa de la vida humana desde su concepción hasta la muerte natural. Y partiendo de los mismos, podemos concluir que matar a un “niño no nacido” constituye una violación del derecho a la vida de los seres humanos más inocentes y desprotegidos.

Maquinarias de destrucción. La eutanasia es, también, un atentado contra el derecho a la vida de adultos mayores. Las guerras y los sistemas totalitarios constituyen, asimismo, inmensas maquinarias para la destrucción de vidas humanas y no humanas.

Asimismo, la pena de muerte es una afrenta a la dignidad humana y una práctica aún muy extendida de violación al derecho a la vida y contemplada en las constituciones de numerosos Estados modernos.

Los proyectos de ley que pretenden la legalización del aborto, la eutanasia o la pena de muerte constituyen flagrantes errores que amenazan el derecho a la vida, según establecen las declaraciones y convenciones universales y americanas sobre derechos humanos.

La ley que despenalizó en México D.F. el aborto producido durante las primeras 12 semanas del embarazo constituyó un revés para la causa de la cultura de la vida en un país de profundas y amplias tradiciones católicas.

Hay que estar vigilantes para defender el derecho a la vida en general y especialmente el derecho a la vida de las niñas y de los niños antes de su nacimiento.

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