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/LA NACIÓN

De niños, adultos y seguridad

Lo mínimo puede hacer que un niño olvide las reglas básicas de seguridad

Ileana Aguilar Olivares
ileaguilar@hotmail.com


De nuevo, tenemos que lamentar una tragedia para que las autoridades reaccionen y digan que van a fortalecer los controles sobre los buses que transportan escolares. Como siempre, lamentablemente, se pone en evidencia la falta de control y aplicación de la ley que impera en nuestras calles y, en esta oportunidad, específicamente sobre el transporte público. A mi buen entender, no se trata de venir a revisar si un bus tenía los permisos una vez acaecida una tragedia. Se trata precisamente de diseñar y ejercer los controles necesarios para tratar de prevenirlas.

Los niños son niños, y razonan y actúan como tales. Si bien tenemos el deber de inculcarles normas y medidas de prevención, ellos son por naturaleza impulsivos: lo mínimo que les llame la atención puede hacerles olvidar normas básicas de seguridad. Pueden los padres y maestros repetirles múltiples veces lo que deben o no deben hacer, pero su naturaleza curiosa, alegre, espontánea los puede hacer víctimas de un accidente en cualquier momento. Somos, por tanto, los adultos los llamados a vigilar la seguridad de nuestros niños: padres, maestros y Estado tenemos la obligación de velar por ellos.

Responsable. Un solo ejemplo basta: recientemente fui informada, por un transportista de escolares, que la ley indica que el acompañante es solo obligatorio en buses, pero no en microbuses, según establece el artículo 10 del Decreto Ejecutivo N°15203-MOPT. El artículo menciona que en todo vehículo de servicios especiales que traslade menores de edad deberá viajar una persona responsable del orden y la disciplina, así como de la seguridad de los menores. Sin embargo, ciertamente, el mismo artículo dice “En los vehículos tipo microbús, estas tareas y deberes estarán a cargo del conductor”.

Me pregunto cuál es la lógica de esta diferenciación entre ambos tipos de vehículos. Un conductor solo puede y debe ir poniendo atención a la carretera. No puede ir vigilando a los niños que vienen atrás. La presencia de un adulto es fundamental para atender y cuidar a los escolares. Veámoslo con dos sencillos ejemplos: ¿Qué pasa, entonces, si al vehículo se le estalla una llanta y el conductor debe bajarse a cambiarla? ¿Con quién quedan los niños? ¿Puede el conductor cuidarlos y cambiar la llanta a la vez? Y, si un niño se siente mal durante el trayecto, ¿quién lo asiste? ¿Cómo puede el conductor atender al niño y conducir a la vez? Ambas situaciones pueden darse en un bus o en una buseta, el tema de la seguridad es exactamente el mismo, independientemente del tamaño del vehículo.

De todos. La responsabilidad de velar por la seguridad de los niños es cosa de todos. No podemos pensar que nuestros hijos están exentos de peligros solo porque les hemos enseñado cómo comportarse en un bus. Por supuesto que los padres tenemos que hacerlo, pero necesitamos el apoyo de las escuelas y del Estado. En ese sentido pregunto: ¿No debería cada centro educativo, público o privado, ejercer control sobre los transportistas que dan servicio en las escuelas y colegios? Creo que toda institución educativa tiene el derecho y el deber de pedir a los transportistas que cumplan con los requisitos de ley. La única razón por la cual transportistas sin permisos, sin acompañantes, sin condiciones de seguridad en las unidades de transporte pueden brindar su servicio tranquilamente en las escuelas es porque estas se lo permiten. Los padres también somos responsables, porque a veces nos confiamos o porque no estamos acostumbrados a exigir. Por ello, una buena comunicación y alianza entre escuela y familias es pieza fundamental para que las cosas funcionen como debe ser.

Obviamente, el papel del Estado es fundamental. Si padres y escuelas quieren exigir, deben contar con el apoyo de un Estado que no solamente controle y aplique las sanciones correspondientes, sino que se preocupe por prevenir. Un primer paso debe ser informar a los centros educativos cuáles son los requisitos que deben cumplir los transportistas y explicar bien los alcances de la ley.

De paso, y volviendo al ejemplo anterior, me gustaría que alguien me explique por qué los buses sí deben llevar acompañante y las busetas no, o bien que me digan que estoy totalmente equivocada, lo que ciertamente preferiría…

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