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Abogado absuelto de homicidio y condenado a 10 años por estafa Caso sucedió hace siete años y fue en perjuicio de un pensionado rentistaTribunal ordenó a sentenciado pagar ¢156 millones a familia del fallecido Carlos Arguedas C. carguedasc@nacion.com El Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de San José, con sede en Goicoechea, absolvió ayer al abogado Carlos Villanueva Maydana del delito de homicidio calificado. Empero, los jueces lo condenaron a 10 años de cárcel por los delitos de estafa y falsificación de documento en concurso ideal. En la sentencia que leyeron ayer, a las 2:45 p. m., absolvieron por los mismos delitos a Kenia Milli Zayas (esposa de Villanueva) y al comerciante Óscar Calvo Piedra, a quien el Ministerio Público involucró en el delito de estafa. La presidenta del Tribunal, Doris Arias Madrigal, explicó que por el monto de la pena y para asegurar el cumplimiento de esta se prorrogaba la prisión preventiva del imputado por seis meses mientras la condena adquiere firmeza. Hechos. El caso que se juzgó comenzó a investigarse el 15 de octubre del 2000 cuando apareció asesinado al pensionado rentista Salvador Herradora Rivas, de 83 años, quien vivía en Curridabat. Se trató de un homicidio pues el cuerpo estaba amordazado y tenía una bolsa plástica en la cabeza, que le llegaba hasta el cuello. La Policía Judicial detuvo a Villanueva en setiembre del 2005. La jueza Doris Arias, al explicar el porqué de la absolución, dijo que después de valorar las pruebas no se comprobó ninguna responsabilidad. “El ADN, los elementos pilosos, las huellas dactilares... todo salió negativo. También hubo contradicciones sobre la autopsia. Había una duda razonable”, manifestó. Sobre la estafa, la jueza Rosa Acón Ng indicó que se comprobó que Villanueva y un asistente (ausente como imputado en el juicio) fraguaron un plan para quedarse con el dinero de la víctima. Precisó que todo se ideó cuando Salvador Herradora llegó donde Villanueva a pedirle asesoría para hacer un testamento donde se distribuían ¢156 millones.
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