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Foto Principal: 1616036
Belisario Solano Solano fue diputado del PUSC de 1998 al 2002 y luego presidente del Sinart.
Archivo
Juzgado descarta abrir juicio por uso de dinero para calles

Absuelto exdiputado Belisario Solano

Dudas sobre hechos investigados favorecieron a político cartaginés
Fiscal consideró que aporte de Solano fue importante para obras en vías

Esteban Oviedo
eoviedo@nacion.com

El Juzgado Penal de Cartago descartó abrir un juicio contra el exdiputado Belisario Solano por supuesto uso indebido de dinero comunal para reparar calles.

La resolución se sustenta en una recomendación del Ministerio Público, el cual investigó al exlegislador socialcristiano, luego de recibir un informe de auditoría del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) .

El informe decía que, entre 2000 y 2003, ocho comunidades de Cartago entregaron a Solano (diputado de 1998 al 2002) y a su asesor ¢6 millones para reparar calles locales que luego fueron arregladas con recursos del MOPT.

Pero, el mismo Ministerio Público solicitó sobreseer a Solano en la causa seguida por presunto peculado, al considerar que persisten dudas sobre los hechos que favorecen al también expresidente del Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart).

En la resolución de sobreseimiento, la jueza penal Adriana Jarquín Coto concluyó: “De acuerdo a las declaraciones e informes, se desconoce si efectivamente el dinero fue invertido adecuadamente o bien si el aquí encartado se apoderó de él ilegítimamente”.

“Al existir un amplio margen de duda que favorece al imputado y ante la imposibilidad de aportar al proceso nuevos elementos de juicio que permitan solicitar de manera fundada la apertura del juicio (...) se dicta sobreseimiento definitivo”, indicó la Jueza.

El fiscal Julián Martínez Madriz argumentó que aunque existe prohibición para que funcionarios o particulares reciban aportes de comunidades para realizar trabajos del MOPT o municipalidades, esa ha sido una práctica que no se ha logrado erradicar por la falta de controles y debilidades de la administración.

“Algunos diputados y líderes comunales dedican parte de su tiempo a coadyuvar para que esas obras lleguen de una u otra forma a las comunidades que representan, mediante la organización interna o bien mediante injerencia política que del todo no está prohibido, pues precisamente la función que estos ejercen está encaminada a representar a todas aquellas personas que los eligieron”, agregó.

Avala ayuda. Según el representante del Ministerio Público, no cabe la menor duda de que la injerencia de Solano fue “cierta e importante” para la realización de las obras citadas por el informe de Auditoría.

“También ha quedado claro por parte de algunos exfuncionarios del MOPT y entrevistados que esa era la forma de trabajar en las comunidades y que se acostumbraba a recibir aportes para la compra de materiales y pagos diversos”, continuó el Fiscal.

Además, razonó Martínez, el MOPT no tiene un sistema de control sobre los trabajos en comunidades que pueda verificar si estos son realizados con recursos exclusivos del Ministerio o si recibieron aporte comunitario, lo que “de alguna forma pone en duda algún tipo de actuación ilegal del aquí encartado”.

“No podría trasladarse la carencia de controles efectivos del Estado al encartado”, asevera la conclusión del Ministerio Público presentada al juzgado.

La jueza Jarquín también expuso que la mayoría de los testigos mostraron su conformidad por las obras realizadas.

“Los trabajos fueron hechos bajo la costumbre que de alguna forma ha sido aceptada por la Administración Pública y además en beneficio de la comunidad, sin que se pueda establecer algún tipo de provecho para el aquí imputado”, expone la resolución.

Además, no se pudo establecer que todos los trabajos fueron ejecutados con materiales exclusivos del ministerio.

Solano también exonerado de culpa por el Tribunal de Ética del Partido Unidad Social Cristiana por estos hechos.

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