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Las operadoras de pensiones, como BN Vital, deberán monitorear los bonos foráneos. Aquí, Germán Brenes atiende a Rodrigo Rojas.
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Cambios en reglamento

Pensiones podrán invertir un 50% en títulos del exterior

Escasez de bonos locales obliga a buscar más opciones de negocios
Se pretende reducir riesgos asociados a fondos de jubilación

David Leal C.
dleal@nacion.com

Los fondos de pensiones pueden invertir la mitad de los recursos que administran en títulos valores del extranjero.

También podrán invertir la totalidad de los recursos en bonos del sector privado local.

Estos son algunos de los cambios que se incorporaron al “Reglamento de inversiones” y que buscan dar mayor flexibilidad a los sistemas de jubilación, explicó Javier Cascante, superintendente de pensiones.

En este reglamento se definen los montos máximos que se pueden colocar en un determinado emisor o título valor.

Los cambios son graduales, para el 2012 todos los fondos de pensiones deberán tener invertido hasta el 50% de los recursos en bonos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda.

Los cambios al reglamento rigen desde el pasado 16 de mayo, tras ser aprobados por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero.

Los fondos de pensiones complementarias (obligatorias, voluntarias y de capitalización laboral) y los colectivos tienen ya $5.255 millones, que representan el 21% de la producción (PIB).

Variedad. Cascante explicó que los cambios se aplican porque es necesario ampliar las opciones de inversión para las pensiones.

En este momento existe escasez de títulos valores en el país debido a la salida de emisores privados y la menor participación del Gobierno en el mercado.

Agregó que al diversificar las inversiones se reduce el riesgo.

El riesgo se asocia con posibles cambios en el precio de los títulos, que afecten los rendimientos de los fondos –bajen abruptamente o que causen alguna pérdida al ahorrante–.

Los cambios son aplicables a todos los sistemas de pensiones, excepto aquellos fondos que se rijan por alguna ley especial.

Según Cascante, los administradores de las pensiones hicieron algunas observaciones que fueron incorporadas al reglamento.

“En su momento solicitaron ampliar el porcentaje permitido de inversiones en el exterior; no obstante, no enviaron un estudio que lo sustentara”, manifestó.

En varias monedas. El reglamento permite invertir en títulos en colones, dólares, libras euros y yenes.

Los mercados en que se participe deben ser de primer orden y estar bajo supervisión.

Las operadoras de pensiones deberán contar con sistemas especiales para monitorear el comportamiento del precio y conocer la información relevante de los bonos en que se invierte.

Además, los bonos del exterior que se adquieran deben tener al menos grado de inversión, esto es, una calificación mínima de “BBB”, emitida por una empresa calificadora de riesgo reconocida.

“Es prohibido invertir en papeles que no tienen grado de inversión pues estos recursos se invierten con el objetivo de crear un fondo para la jubilación y no con la finalidad de especular ”, dijo.

No se permite invertir directamente en acciones de firmas internacionales, ni en emisiones de puestos de bolsa, sociedades de fondos de inversión ni custodios.

Si en algún momento un administrador de pensiones no cumple con los límites, esa entidad debe presentar un plan de reducción de riesgo, en el cual indicará cómo volverá a los parámetros establecidos y el tiempo que tardar.

Límites máximos

Los distintos sistemas de jubilación podrán invertir:

50%

en títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda.

35%

máximo en el resto de entidades del sector público.

70%

en un emisor del sector privado calificado como “AAA”.

10%

es el máximo que se puede invertir en acciones locales.

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Sáb 2/Jun/2007
Fuente: B.C.C.R.

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