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/ LA NACIÓN

El PANI y la adopción directa

Un efectivo proceso que es absolutamente legal, público y transparente

Irene Saborío de la Espriella
Madre adoptiva

Gracias a la adopción directa, soy madre adoptiva de tres maravillosos niños. A diferencia de lo que la mayoría cree, este proceso es absolutamente legal, público y transparente, requiere los mismos estudios psicosociales fiscalizados por el PANI y la intervención de un representante del PANI ante el Juzgado de Familia.

Como madre adoptiva, no puedo dejar de pensar que todos y cada uno de los niños que pasan años en un albergue y viven una realidad que pudo experimentar cualquiera de mis tres hijos si no hubiéramos sido bendecidos con la adopción directa.

Es mi responsabilidad y obligación exponer mi punto de vista. Se lo debo a mis hijos y a los hijos que pudieron haber sido nuestros, así como a los hijos que pudieron haber sido de otros y a los padres que pudieron haber tenido hijos… y a todos a quienes se ha negado la oportunidad…

Excusas y realidad. Por años he leído reportajes sobre la ineficiencia del PANI, mas el Patronato siempre ha tenido una excusa o una respuesta a la crítica. Pero, la realidad es que Costa Rica está llena de albergues donde no caben los niños por la ineficiencia del Patronato.

Es para mi difícil entender cómo una institución, cuyo único fin es la protección de la niñez, sea la que niegue a estos niños abandonados su primordial derecho a crecer al lado de una familia, un padre y una madre que sean su ejemplo, hermanos con quienes crecer y sentirse apoyados a lo largo de la vida, la oportunidad de recibir la mejor educación, el mejor techo, el mejor vestido y la mejor alimentación y, especialmente, el derecho a vivir una vida llena de amor y seguridad. Estos niños pasan años en instituciones y al cumplir la mayoría de edad dejan de ser atendidos por el PANI y empiezan una vida solos y sin herramientas para salir adelante.

Repercusión psicológica. Muchas veces se han discutido ya los tiempos que dura el trámite de una adopción y al parecer han hecho algunos cambios en el Reglamento; sin embargo, esos cambios se refieren solo al plazo que tiene el Patronato para realizar los estudios requeridos. ¿Piensa el PANI en algún momento en la repercusión psicológica de la institucionalización en estos niños? ¿Hay algún estudio sobre lo que pasa en el alma de estos niños durante el tiempo que permanecen en un albergue? Para el momento en que están listos para la adopción, muchos han sido maltratados y no necesariamente en lo físico. Han sido maltratados por el sistema pues no se les dio oportunidad de pasar sus primeros días, meses, años, al lado de una pareja que los ame. Son niños llenos de temores, frustraciones, dolor, soledad, estrés y hasta odio. Son muy inseguros, sienten que no merecen tener algo mejor y dedican su vida a demostrar al mundo que ellos tienen razón. Son niños que no han aprendido a recibir amor y después de tantos años es muy difícil convencerlos de que son amados, de que son valiosos, de que tienen un propósito. ¿Es que el PANI aún no se ha dado cuenta de que cada minuto es un tesoro?

Escribe don Mario Víquez (La Nación , 14/12/06): “El niño y la niña en situación de abandono u orfandad tienen derecho a desarrollarse y a crecer en el seno de una familia y el Estado tiene la obligación de ofrecerle la mejor familia de acuerdo con su historia personal y sus necesidades. Sin embargo, no todos entendemos, o no queremos entender, las cosas así. Algunos piensan que este derecho es de las familias y no de los niños y niñas”.

¿Acaso cree don Mario que una cosa es independiente de la otra? ¿Creerá que esta es una buena razón para que estas familias nacionales y extranjeras aprobadas sigan esperando acoger a un niño? ¿Será que son familias aprobadas buenas, pero no lo suficientemente buenas, no son la mejor familia para estos niños que se encuentran declarados en abandono?

Después se refiere don Mario a la adopción directa como “una posición contractual (contrato entre partes) que permite la entrega directa como una potestad o derecho paterno-materno que desconoce los procesos psicosociales previos durante y posteriores a la adopción, no reconoce los derechos de nacionalidad e identidad y, por lo tanto no prioriza la adopción nacional; se justifica como un acto de ‘caridad’ y se ubica doctrinalmente como un derecho de familia”.

Un niño y un hogar. La palabra ‘caridad’ no cabe en un proceso de adopción, que es una simbiosis donde hay un niño que precisa de un hogar, unos padres llenos de amor para entregar a estos niños que desean convertirse o aumentar su familia y una madre biológica con problemas para criar a su hijo de manera apropiada y que, estando consciente de ello y como un acto de amor, decide entregar a su hijo en adopción.

¿Cómo puede don Mario oponerse a que sea una madre quien decida si quiere que su hijo vaya directamente a una familia que sabe que lo amará de forma incondicional, o directamente a un albergue donde no sabe cuántos años pasará esperando por esta familia? Entiendo que este sea el derecho del niño. Lo que no entiendo es que el PANI quiera quitar este derecho al niño y a la madre, que lo único que puede regalar a este hijo que cargó en su vientre por 9 meses es esta seguridad de una familia adoptiva.

El PANI ha tenido por muchos años la obligación de hallar una familia a todos estos niños y no lo ha hecho. Don Mario dice que “las adopciones privadas son inconvenientes y atentan contra los derechos de los niños de acuerdo con convenios internacionales”. Sin embargo, opino que las adopciones directas son la única oportunidad de estos niños y, hasta ahora, las únicas que les han dado el derecho fundamental a una familia. Creo que lo único que tiene de inconveniente este tipo de adopciones es que, a través de ellas, podemos ver la ineficiencia de la institución.

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