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/LA NACIÓN

Proyecto solidarista

Un movimiento que capta la esencia pacífica del país, del diálogo y la negociación

Juan Rafael Espinoza Esquivel
Abogado

En el XXI Congreso Nacional Solidarista, el presidente Óscar Arias planteó la necesidad de otorgar rango constitucional al solidarismo. El 25 de junio, un grupo de 29 diputados presentó un proyecto de reforma a la Constitución para reconocer categoría constitucional al movimiento solidarista.

Conforme a la iniciativa parlamentaria, el solidarismo es un movimiento que logra captar la esencia pacífica del país, la tendencia nacional en favor del diálogo y la negociación, así como el rechazo a la confrontación social. El planteamiento considera que el solidarismo se identifica con las fibras de nuestra historia nacional, con la profundización de la paz, con el desarrollo de la institucionalidad y con la búsqueda incansable de un mejor nivel de vida para todos los costarricenses.

Trabajadores y recursos. Según la exposición de motivos, el sistema consiste en “una Asociación Solidarista conformada por los trabajadores, que administra recursos provenientes de dos fuentes principales, a saber, el ahorro mensual de los trabajadores y el aporte mensual de la empresa. El aporte patronal corresponde a un adelanto sobre la cesantía del trabajador, que se entrega a este junto con el ahorro que hubiese acumulado, una vez que abandone la empresa, independientemente de si ese abandono ocurre con responsabilidad patronal o sin ella. El fondo de ahorro se instituye a nombre de los trabajadores, quienes lo administran por medio de una directiva, permitiendo no solo el resguardo de los recursos, sino también la creación de programas de préstamo, asistencia socioeconómica y beneficios varios a favor de los trabajadores”.

Agrega la introducción al proyecto que “el movimiento solidarista agrupa actualmente alrededor de 400.000 trabajadores, lo que permite que la empresa se constituya en una entidad ético-económica que produce eficientemente, a la vez que eleva el nivel de vida de sus trabajadores”. Los diputados proponentes resaltan la figura del fundador del solidarismo, el licenciado Alberto Martén Chavarría, quien ideó las bases filosóficas y los principios del movimiento “fundamentado en la convicción de que las relaciones laborales no necesariamente son antagónicas y que, por el contrario, los trabajadores y empleadores obtienen mayor provecho de la cooperación que de la confrontación”.

Apoyo a enmienda. Los parlamentarios proclaman firmemente que “el solidarismo constituye un mecanismo efectivo para mejorar la calidad de vida de los trabajadores, sin lesionar la convivencia pacífica en el seno de la empresa y sin sacrificar la productividad y competitividad”. La proposición de enmienda constitucional fue suscrita por la mayoría de los diputados de Liberación Nacional y por legisladores de Unidad Social Cristiana, Unión Nacional, Movimiento Libertario y Restauración Nacional.

Me parece que no existen razones objetivas para que diputados del resto de las fracciones no hagan su aporte crítico y constructivo a esta notable propuesta. Se procura hacer el reconocimiento constitucional del movimiento solidarista por intermedio del artículo 64 de la Carta Magna, para que en el futuro se lea así: “El Estado fomentará la creación de cooperativas y de asociaciones solidaristas como medio de facilitar mejores condiciones de vida de los trabajadores”.

En la presente coyuntura histórica, otorgar rango constitucional al solidarismo tiene significado especial: reconoce una conquista nacional y hace una contribución real y decisiva a la consolidación del Estado social de derecho.

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