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Armas y TLC Para la industria bélica de EE. UU., las armas son un objeto que les produce mucho dineroAlberto Salom Echeverría Diputado Uno de los saldos indeseables, pero tal vez inevitables, de la discusión en torno al TLC es la polarización que ha provocado en la sociedad. Si no fuera porque aún está pendiente la toma de la decisión, que unos y otros deseamos ganar, estoy seguro de que todos estaríamos más dispuestos a aceptar argumentos y evidencias de la parte contraria. Mi opinión es que este es uno de los asuntos más mal negociados por la parte costarricense. Veamos. Estados Unidos es el principal productor de armamento bélico en el mundo. Sus intereses comerciales son evidentes en esta materia, por lo que siempre intentarán introducirlo en las negociaciones de los TLC. Para la gran industria de armamentos estadounidense, las armas son un valor de cambio, pues son un objeto comercial que les produce enormes ganancias. En cambio, para la mayoría de los costarricenses, las armas son apenas un valor de uso, despreciable por cierto, pues constituyen un instrumento de muerte. Esta diferencia de óptica, de enorme trascendencia en la axiología de cada pueblo, lo cual no entendieron nuestros negociadores, a mi modo de ver los sesgó en el proceso. Fue así que se inhibieron de interponer las reservas necesarias y suficientes encaminadas a impedir que, al amparo del TLC-CAFTA, se desgravara el comercio de armas en nuestro suelo. Sin reserva. El TLC con Estados Unidos libera los aranceles de importación de armas, sus partes y otro tipo de material bélico, todo ello de conformidad con el Anexo 3.3, cuya lista textualmente refiere a los folios 1.050, 1.057 y 1.058 del expediente Nº 16.047 (lista de CR 143). Entre otros, se propone la desgravación de tanques y demás vehículos blindados de guerra, incluso, con su armamento; sus partes; lanzacohetes, lanzallamas, lanzagranadas, lanzatorpedos y lanzadores similares; armas de avancarga; cañones de ánima lisa; armas de guerra de la partida 93.01. Debe tenerse presente que otras naciones, como El Salvador, Honduras y Guatemala, tuvieron el cuidado de hacer reserva de su respectiva ley de armas, mientras que, curiosamente, Costa Rica no lo hizo, todo de acuerdo con lo que está consignado en los anexos 3.2 y 3.8 del TLC. Los defensores del “sí” arguyen que ello carece de importancia por cuanto Costa Rica ha firmado TLC con otros países, y ello no ha tenido impacto en el aumento del comercio de las armas. Argumento falaz. Primero porque, evidentemente, ninguno de los países con los que tenemos firmados TLC con anterioridad es un productor de armas de la importancia de los Estados Unidos, ni mucho menos. En segundo lugar, porque en todos los casos anteriores, en el TLC firmado con Canadá, con México, con el Caricom o con el mismo Chile, se tuvo el cuidado de contemplar en el capítulo de “Excepciones” un artículo con sus incisos, mucho más detallado en cuanto a sus reservas que en el caso de los Estados Unidos. Cualquiera puede comprobar lo que digo consultando el capítulo 20, artículo 20.03, relativo a seguridad nacional con Chile; véase el capítulo XVIII, artículo 18-02, del TLC con México; revísese el capítulo XIV, artículo XIV.2, del TLC firmado con Canadá; y, finalmente, el XVI, artículo XVI.02 del que fuera firmado con el Caricom. Las reservas de Costa Rica contempladas en el TLC con Estados Unidos se hallan en el capítulo 21 del Tratado, artículo 21.2, que consta de solo dos incisos, y son completamente insuficientes si se quisiera impedir la producción y el comercio de armamento bélico y sus partes en nuestro territorio. Imaginativa salida. “Cuando el río suena, piedras trae”, dice nuestro pueblo. En Costa Rica, en La Gaceta del 19 de octubre del 2006, el abogado José Paulo Brenes Lleras, en calidad de apoderado especial de la empresa de armamento bélico Raytheon Company , de Estados Unidos de América, solicitó la inscripción en Costa Rica de Raytheon como marca de fábrica en clase 9 internacional, para proteger y distinguir sistemas de reflección (sic) de imágenes y ubicación de objetivos para vehículos militares y sistemas armados, sensores de radar basados en el suelo, sensores infrarrojos y sistemas de sensores infrarrojos, y un largo etcétera contentivo de toda clase de armamento bélico ultramoderno. ¿De qué se trata? De proteger la marca, adujo el bufete Pacheco Coto. Imaginativa la salida; sin embargo, no es menos cierto que para que se instale una fábrica y que comience su actividad comercial, lo primero que hay que hacer es inscribir la marca en el país, como quien dice “poner una pica en Flandes”. ¿O no?
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