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El derecho

“Juro por mi fe”, síntesis de sabiduría y sabio equilibrio espiritual

Enrique Obregón Valverde
Abogado

Desde la antigua Grecia se sostuvo, como valor político y moral, que han de gobernar las leyes y no los hombres. O sea, que el buen gobernante siempre ha de sujetar sus actos al mandato de la ley. Pero, con el transcurso del tiempo, la ley ya no es la norma que satisface una necesidad social, sino la que protege un privilegio. Entonces, ¿continúa siendo buen gobernante el que somete su acción de gobierno según el mandato de una ley injusta?

En cierta ocasión llegó a juramentarse al Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica un estudiante recién graduado y, cuando le leyeron el texto constitucional que comenzaba diciendo “juráis a Dios y prometéis a la Patria conservar y defender la Constitución y las leyes…”, de inmediato contestó: “No juro”. Ante la sorpresa de todos, aclaró: “Soy ateo y no puedo jurar por lo que no creo”. El lío fue mayor y la discusión duró varias horas. Al final, alguien manifestó que debería reformarse el texto del juramento universitario adoptando el propuesto por Solón para los atenienses: “Juro por mi fe”, síntesis de sabiduría y sabio equilibrio espiritual.

Vicio degenerativo. La ley no es más que el esfuerzo optimista del legislador por crear normas de conducta y organización que permitan a la sociedad la convivencia armoniosa y pacífica, por lo que no puede imponer un dogma que lejos está de su propia y natural relatividad.

Pero para que esa armonía y esa paz se den, la ley ha de ser justa. El conflicto del Estado de derecho se presenta cuando la ley envejece y sustituye la garantía social que resguardaba por el privilegio que posteriormente consolidó. El privilegio institucionalizado es el vicio degenerativo de la ley.

Por eso el juramento constitucional nuestro se quedó en un compromiso con el pasado, olvidando que en la democracia moderna el representante del pueblo no es tanto el que resguarda la ley como el que la crea. El gobernante ha de ser precisamente un máximo legislador porque la democracia es una institucionalidad en reforma permanente. La ley es un enunciado y nunca una declaración de verdad. Por eso, el consejo de Benjamín Franklin continúa siendo valedero: “Firmemos la Constitución con reservas y dudemos de su infalibilidad”.

El principio orientador del derecho no es lo absoluto, sino lo relativo; no es su fortaleza sino su debilidad. El derecho no es la moral reglamentada sino lo que en un momen- to determinado se pudo recoger de la moral. El Estado de derecho es reformable y se debe reformar. Cada momento histórico tiene su moral y su justicia que el gobernante está obligado a reglamentar. Cuando se dice de un país que es un Estado social y democrático de derecho, estamos hablando tanto de una realidad concreta como de una inmediata posibilidad.

Justicia secuestrada. En una vieja película, un hombre fue injustamente condenado y el juez razonó diciendo que estaba obligado a imponer la ley. El condenado solamente comentó: “Alguien secuestró la justicia y la ocultó en la ley”. Pensar en que debemos observar y defender el derecho vigente –y solamente eso– sería como esforzarnos por construir una cárcel con cien cerrojos para resguardar la justicia que la legislación envejecida esconde maliciosamente.

La nación política moderna consolida el Estado social de derecho, pero ese derecho debe ser democrático. El legislador, al discutir la ley, ha de preocuparse por que formen parte de ella valores superiores de solidaridad, justicia y fraternidad, aun cuando siempre le quede la duda y la sensación de que lo mejor no se pudo aprobar. Esta aparente frustración es la energía vital del derecho.

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