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Conassif sanciona a ‘La Nación’ Lizbeth Ulett lulett@nacion.com El Consejo Nacional de Supervisión de Entidades Financieras (Conassif) confirmó, el 2 de julio pasado, uno de tres aspectos resueltos por la Superintendencia General de Valores (Sugeval), contra La Nación S. A. en el 2005 referentes a la compraventa de rotativas. La finalización del procedimiento se difundió ayer, al merado de valores, por medio de las comunicaciones oficiales de la Sugeval llamadas “Hechos relevantes”. La resolución del Conassif desestima la imputación referente al “deber de comunicar como un hecho relevante” las compraventas de rotativas a la empresa Leasing Capital. El Consejo también desestimó la imputación referente al “contenido mínimo del prospecto de emisores”, indica la comunicación. Sin embargo, el Conassif encontró a La Nación S. A. responsable de incumplir las Normas Contables Internacionales (NICs) adoptadas por ese Consejo. La resolución establece una sanción que imposibilita a La Nación S. A. el colocar nuevas emisiones en el mercado primario de valores (donde se realizan las nuevas emisiones), durante un año. Esta resolución se basó en la supuesta violación de la norma NIC 24 y la NIC17. Según explicó el Superintendente General de Valores, Juan José Flores, la primera se refiere “al deber de información sobre partes relacionadas” y la segunda al “registro del arrendamiento cuestionado como operativo en vez de financiero”. Apelación. El presidente de firma, Manuel Francisco Jiménez, indicó que esa es una decisión equivocada y afirmó que apelará a la Sala Primera. Subrayó, además, que actualmente la empresa no emite acciones ni capta fondos en el mercado primario sino que satisface sus requerimientos financieros con el Sistema Bancario Nacional. No obstante, Flores explicó que la sanción se aplica solo al emisor. Extender “la suspensión al mercado secundario, implicaría el traslado de la sanción a los inversionistas, terceros adquirentes de buena fe que no han tenido relación alguna con los hechos sancionados y que, en tal caso, podrían ver afectada la liquidez y el respaldo de sus operaciones”, agregó. Las transacciones comerciales cuestionadas referentes a la venta y arrendamiento de las rotativas se realizaron en los años 2001 y 2002. La primera compraventa ocurrió en setiembre del 2001 y la segunda en junio del 2002. Al concluir el procedimiento administrativo sancionatorio se abre la posibilidad de apelación por la empresa en la vía judicial.
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