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CCSS no saca “tajada” El Sicere, compleja y robusta herramienta, va mucho más allá de la recaudaciónManuel Ugarte Brenes Gerente financiero de la CCSS El periodista David Leal (La Nación , 16/1/07) publicó el artículo titulado “Caja saca nueva ‘tajada’ de pensiones complementarias” , al que quiero referirme porque se hacen afirmaciones que pueden crear confusión en los asegurados. Conviene aclarar que la tarifa por recaudación que cobra la Caja Costarricense de Seguro Social a las operadoras de pensiones se implementó desde el 2001, cuando se inició el Sicere, considerando únicamente los costos reales de operación en el que incurre la institución; con esa tarifa se pretende financiar estrictamente los costos y dejar de lado cualquier posibilidad de generar algún tipo de “ganancia” por los servicios prestados. Es importante señalar que los servicios que brinda la CCSS a las operadoras de pensiones van más allá de la recaudación ya que con esa tarifa se les brindan servicios tales como afiliación de patronos, facturación, impresión y distribución de planillas, gestión de cobro administrativo y judicial, gestión de registro y control de los aportes, traslado de afiliados entre operadoras y otras actividades relacionadas con el sistema complementario de pensiones, gestiones que requieren la intervención de recurso humano calificado en todo el país. Con este propósito, se utilizan plataformas de servicio con tecnología actualizada, a la cual se le efectúan mejoras constantes. Tarifa escalonada. La junta directiva aprobó, en la sesión 7675 del 1.° de agosto del 2002, un modelo de gradualidad para el establecimiento de la tarifa, de tal forma que, en lugar de cobrar el 0,91% sobre recaudación desde el 2002, se hiciera de manera escalonada, garantizando así que la Caja recuperara el costo de la prestación del servicio de recaudación y, asimismo, que el porcentaje de recaudación permitiera a las operadoras menores presiones financieras durante los primeros años de operación. Es evidente que la aplicación, a partir de agosto del 2006, del 0,80% al 0,92% es consecuente con lo acordado desde el 2002 y conocido por las operadoras de pensiones. Con esta gradualidad en beneficio de las operadoras, la CCSS –que no puede cobrar menos del costo (artículo 73 de la Constitución Política)–, se garantizaba el equilibrio actuarial del costo del servicio brindado durante el período indicado. Cabe agregar que la comisión que cobra en la actualidad la CCSS a las operadoras de pensiones (0,92%) considera los porcentajes de comisiones por intermediación bancaria que oscilan entre un 0,25% y un 0,28%, los cuales cobran a la institución únicamente por recibir el dinero de los patronos en sus cajas. En la actualidad, la CCSS hace importantes esfuerzos para mejorar el proceso de gestión de la información patronal, desde la presentación de la planilla hasta la recaudación y distribución de los recursos, pasando por las etapas descritas. Es así como, para este año, la institución invertirá cerca de ¢5.500 millones en infraestructura tecnológica y mantenimiento del Sicere, lo que vendrá a mejorar su potencial informático y los servicios tecnológicos. Asimismo, se están realizando las acciones con el fin de incorporar más patronos al Sistema Interbancario de Negociación y Pagos Electrónicos (SINPE), mecanismo que esperamos sea el medio de recaudación por excelencia. Más de 1 millón de datos. El Sicere es una compleja y robusta herramienta informática que va mucho más allá de la recaudación y traslado de los fondos a las operadoras de pensiones. A través del Sicere, mensualmente se capturan y procesan más de un millón de movimientos que reportan los patronos en sus planillas, información que permite establecer el monto a pagar por cada patrono a las entidades que integran su carga social. Una vez recibidos estos pagos, el Sicere debe asignarlos a cada una de las instituciones señaladas, así como generar la información necesaria para que estas desarrollen su labor de cobro de la morosidad. En el caso de las operadoras de pensiones, debe, además, individualizar cada uno de esos pagos y distribuirlo a la operadora que el trabajador haya elegido: en este caso en particular, la Caja también asume la gestión de cobro; debe llevar el registro individual de los aportes de cada trabajador, mes a mes, durante su vida laboral; debe efectuar el traslado de trabajadores entre operadoras. Todo lo anterior en el tiempo y forma definidos en el marco legal pertinente. Estamos, entonces, ante uno de los elementos que le brinda mayor transparencia y seguridad al sistema complementario de pensiones, y llega incluso a señalar que, en este momento, para las Operadoras, sería imposible –en forma independiente– realizar las funciones antes descritas. Debemos aclarar que el Sicere es administrado y operado por la CCSS y, como tal, está sujeto a las mismas regulaciones y supervisiones que fija el ordenamiento jurídico para los entes públicos.
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