Costa Rica, Sábado 29 de diciembre de 2007

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Consulta podría realizarse en octubre

Irene Vizcaíno | ivizcaino@nacion.com

De completarse los requisitos para llevar a cabo un nuevo referendo, este podría realizarse a partir del 7 octubre del 2008.

El fundamento de esa fecha está en la Constitución Política y en la Ley de Regulación del Referendo, que permiten realizar estas consultas solo una vez por año.

Fue el 7 de octubre del 2007 cuando se realizó el primer referendo nacional, en el cual se aprobó el TLC.

De acuerdo con la resolución del 21 de diciembre del TSE, esa limitación en el plazo no impide comenzar desde ahora la recolección de firmas.

“No afecta el trámite de autorización de una solicitud de recolección de firmas, dado que esta gestión no tiene la misma relevancia jurídica que una convocatoria a referendo, pues se trata de una mera expectativa”, dice el documento firmado por los magistrados Luis Antonio Sobrado, Max Esquivel y Eugenia Zamora.

También, por mandanto legal, la convocatoria a un referendo se realiza tres meses antes. En este caso, en julio del 2008.

No sería hasta ese momento cuando se suspenda la discusión de los proyectos de ley en la Asamblea Legislativa.

Sin embargo, para ese momento ya estas leyes y el resto que conforman la agenda de implementación del Tratado de Libre Comercio podrían estar aprobados.

Esta es la esperanza de Francisco Antonio Pacheco, presidente del Congreso y miembro de la fracción oficialista.

“El proyecto va caminando y yo creo que estará aprobado”, afirmó ayer.

Luis Barrantes, jefe de fracción del Movimiento Libertario, es de un criterio similar. Para él, convocar a un referendo para consultar estos proyectos solo es darle largas a un proceso que ya se ha tardado más dela cuenta.

Los grupos interesados en la realización de la consulta están conscientes de que las fracciones legislativas aliadas en favor del TLC y sus leyes harán une sfuerzo por apurar la aprobación.

“Aún cuando recojamos las firmas, la convocatoria no sería hasta el 7 de julio. Hay que mirar estos elementos y llevar el pulso legislativo de la aprobación de las leyes”, manifestó Grace García, miembro de una de las organizaciones ambientalistas que promueven el nuevo referendo.

Análisis de Servicios Técnicos del Congreso, Proyectos de ley que se consultarían.

Nacion.com

Ley de Protección de las Obtenciones Vegetales:

Pretende establecer un marco legal que regule la protección de los derechos de investigadores o productores que obtengan nuevas variedades vegetales, salvaguardando el derecho al uso por parte del pequeño y mediano agricultor.

La propuesta determina los derechos y obligaciones del titular y otorga a este la concesión del derecho de exclusividad durante 20 años, a excepción de especies perennes, donde sería de 25 años. Establece regulaciones sobre ese derecho.

Nacion.com

Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV):

Define a quién se considera obtentor de una variedad, sus derechos, condiciones para la concesión de tales derechos y supuestos de nulidad o caducidad de los mismos. Se establecen los procedimientos mínimos de reconocimiento de derechos.

Los países que ratifiquen el convenio deben conceder trato nacional a los nacionales de otros países y reconocer sus derechos de obtentor y protegerlos.

También define variedad vegetal.

FOTOS

Nacion.com

Los diputados de la fracción liberacionista respaldan la rápida aprobación de los proyectos de la agenda del TLC en el Congreso. Archivo

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