Resultado previo de estudio de oim
País sin ley contra trata interna de personas
Explotan a niñas y adolescentes en labores domésticas, agrícolas y sexuales
Fiscales acusan por delitos conexos debido a vacíos en legislación
El artículo 172 del Código Penal sanciona la trata de personas; sin embargo, no lo contempla como delito si el hecho se da dentro del territorio nacional.
Así lo revela una investigación de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), cuyos resultados preliminares mostraron vacíos en la legislación costarricense sobre el tema.
Las autoridades judiciales ya conocen casos de trata de personas que son sacadas de sus comunidades para ser explotadas en labores agrícolas, sexuales y domésticas en otras zonas del país, según manifestó Sofía Wilson, fiscal coordinadora de la Oficina de Información y Atención a la Víctima, del Ministerio Público.
De acuerdo con Wilson, en estos casos la falta de legislación obliga a juzgar a los delincuentes por los delitos conexos; por ejemplo, el proxenetismo, para los cuales suele haber penas menores.
El artículo 172 no ha tenido una reforma importante en más de 30 años, y solo señala como posibles fines de la trata la servidumbre sexual o laboral y la prostitución, según explicó Luis Fernando Centeno, abogado a cargo de la investigación.
Por lo tanto, otros fines como las adopciones ilegales, la mendicidad o el tráfico de órganos quedan fuera de este tipo penal.
Esto impide recabar datos sobre la incidencia real del delito en el país, aseguró Wilson.
La mayoría de víctimas de trata son niñas y adolescentes, según Ivannia Monge, oficial del Programa de Acción contra Trata de Menores de la fundación Paniamor. Monge llamó a ver el fenómeno como un delito complejo cometido por redes de crimen organizado.
Una propuesta de reforma a la Ley General de Migración incorpora como delito la trata interna y podría subsanar el vacío de la Ley que está en vigencia.
protocolo de palermo
¿Qué es la trata?
“La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de la situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación” (sexual, laboral, por servidumbre, extracción de órganos y otros).
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En mayo anterior dos mujeres fueron detenidas en Desamparados por su presunta participación en el delito de trata de personas. archivo
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