Costa Rica, Viernes 14 de diciembre de 2007

/EL PAÍS

Estadísticas Resultados Posiciones Calendario Jugadores

Acción de inconstitucionalidad contra reglamento de la CCSS

Sala IV elimina tope de 18 meses para incapacidades

 Magistrados aducen protección al derecho a la salud de los trabajadores

 CCSS considera que a corto plazo no habrá impacto en el Seguro de Salud

Ángela Ávalos R. | aavalos@nacion.com

La Sala Constitucional eliminó el tope de 18 meses como plazo máximo autorizado por la Caja para incapacitarse por enfermedad.

Las personas obligadas a largas incapacidades podrán disfrutar de ese beneficio durante tiempo indefinido, mientras haya un criterio médico que los apoye.

La medida rige desde ayer, al trascender el voto 17971-07, acordado por los magistrados de la Sala IV el pasado 12 de diciembre.

Con su voto, los magistrados anularon por inconstitucionales el artículo 9 y el párrafo tercero del artículo 10 del Reglamento para el otorgamiento de incapacidades y licencias a beneficiarios del Seguro de Salud.

Esos artículos tienen que ver con el plazo máximo de un año (365 días) para incapacitarse por enfermedad, y con la prórroga de seis meses que, hasta el miércoles, autorizaba la Caja.

Ese reglamento fue aprobado por la directiva de la CCSS en octubre del 2004.

En su voto, la Sala IV consideró esos artículos “contrarios al derecho a la seguridad social, a la solidaridad, al derecho a la salud y al trabajo”.

Los magistrados dispusieron que la Caja “deberá mantener la incapacidad mientras, según criterio médico, subsista el motivo de esta”.

Razones. La acción de inconstitucionalidad en la que se fundamentó el voto fue interpuesta por Julieta Mora Jiménez.

Ella argumentó que los artículos en mención “violentan el derecho a la seguridad social y a la estabilidad laboral de los trabajadores, ya que establece un plazo máximo de incapacidad”.

Los magistrados tomaron en consideración la posibilidad de que haya trabajadores que se vean obligados a incorporarse a pesar de que todavía no están curados. Además, corren el riesgo de que el patrono opte por el despido.

De ahí que los magistrados califiquen como “gravosa” la finalización de la incapacidad cuando el trabajador no se ha recuperado.

Impacto. El gerente administrativo de la Caja, René Escalante, manifestó que la disposición constitucional será respetada y aplicada.

Escalante explicó que la institución siempre defendió la medida ejecutada durante los últimos 15 años, sobre los 18 meses.

Esa medida, añadió el gerente, supera la establecida en el convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El convenio dispuso un plazo mínimo de seis meses que podría ampliarse hasta un año.

En el caso de la Caja, el plazo máximo es de 365 días (un año), prorrogable seis meses más.

La CCSS considera que la resolución de la Sala Constitucional no tendría un efecto actuarial en el corto plazo.

Sin embargo, la institución entrará a evaluar las consecuencias económicas de la medida para el Seguro de Salud. Este seguro cubre los riesgos de enfermedad y maternidad.

Solo por incapacidades, este año la Caja pagará más de ¢22.000 millones, de los cuales ¢15.000 millones corresponden al pago de incapacidades por enfermedad.

De acuerdo con información preliminar dada ayer por la institución, 1.392 asegurados se encuentran a punto de cumplir el año de incapacidad.

Son personas con enfermedades crónicas de larga evolución, que les dificulta el retorno al empleo. Ellos serían los primeros beneficiados con la resolución de la Sala IV.

Según la Caja, las principales razones para incapacitarse son las enfermedades mentales, los problemas de espalda, los traumas de diferentes tipos y las enfermedades pulmonares.

Un derecho de los trabajadores

Nacion.com

La incapacidad. Es un derecho que tiene cualquier trabajador asalariado que cotice para el Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Aportes. Patrono y trabajador aportan un 14,5% del salario por concepto de seguro de salud.

Cobertura. Los riesgos que cubre este seguro son el de enfermedad, por el cual la Caja otorga incapacidades, y el riesgo de maternidad, por el cual se dan licencias.

Nacion.com

Plazo. Hasta el miércoles, el reglamento de incapacidades de la Caja establecía un máximo de 18 meses de incapacidad.

Indemnización. El pago por incapacidad que otorga la Caja se da a partir del cuarto día, y consiste en el 50% del salario reportado por el patrono.

Opción. Si el empleador desea, puede pagar la totalidad del salario en los primeros tres días de incapacidad del trabajador.

Nacion.com

Fallo. Con el voto de la Sala IV, se elimina el tope de 18 meses a las incapacidades por enfermedad. Con esto, el trabajador que así lo requiera, podrá gozar del beneficio por tiempo indefinido.

Pero... Debe existir un criterio médico que respalde la necesidad de incapacitarse.

La CCSS dijo que será más exigente a la hora de aprobar las prórrogas solicitadas.

FOTOS

Nacion.com

Las personas con problemas psiquiátricos son las que más solicitan incapacidades en la CCSS. Archivo LN

SERVICIOS En tu Celular En tu PDA Fax Horóscopo Cartelera de cine
| GRUPO DE DIARIOS DE AMÉRICA | ESTADOS FINANCIEROS DE LA NACIÓN | ANÚNCIESE EN LA NACIÓN | TARIFARIO DE LA NACIÓN | TRABAJE EN LA NACIÓN
© 2007. GRUPO NACIÓN GN, S. A. Derechos Reservados. Cualquier modalidad de utilización de los contenidos de nacion.com como reproducción, difusión, enlaces informáticos en Internet, total o parcialmente, solo podrá hacerse con la autorización previa y por escrito del GRUPO NACIÓN GN, S. A.
Si usted necesita mayor información o brindar recomendaciones, escriba a webmaster@nacion.com
Apartado postal: 10138-1000 San José, Costa Rica. Central telefónica: (506) 247-4747. Servicio al cliente: (506) 247-4343 Suscripciones: suscripciones@nacion.com Fax: (506) 247-5022. CONTÁCTENOS