Costa Rica, Lunes 10 de diciembre de 2007

/OPINIÓN

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Fernando Herrero

Generadores eléctricos privados

Regulador General

En el artículo “ICE aspira a que bajen tarifas de cogeneración” publicado el sábado 8 de diciembre en este diario, se afirma que el Regulador General “…se opone a que se fijen tarifas al costo” para la generación privada de electricidad.

Dicha afirmación es grave, pues contraviene la Ley N.° 7593, en que se establece de una manera muy clara que los precios de los servicios públicos se deben fijar de acuerdo con el principio del servicio al costo, entendido como “... los costos necesarios para prestar el servicio, que permitan una retribución competitiva y garanticen el adecuado desarrollo de la actividad…”. Mi obligación, y mi compromiso personal como funcionario público, es respetar y hacer cumplir este principio.

¿Qué se entiende por servicio al costo? El concepto fundamental es fijar el precio que se obtendría en un mercado competitivo. En la mayoría de las servicios públicos no hay competencia o es insuficiente. Por eso se recurre a la fijación de precios.

¿Qué precios se tratan de fijar? Los mismos a los que conduciría la competencia, si esta existiese. Porque, cuando hay suficiente competencia, los precios son tan cercanos a los costos como es posible: se minimiza el costo y no hay “ganancias extraordinarias”, como dicen los economistas.

Es importante entender que, al calcular estos costos económicos, los costos contables, en especial los costos históricos, pueden ser irrelevantes. El caso que se cita en el artículo, generadores privados que ya amortizaron sus plantas, es un buen ejemplo.

El hecho de que ellos amortizaran sus plantas no quiere decir que sus plantas no tengan valor, aunque así lo registren sus contadores.

Las plantas tienen valor porque tienen usos alternativos: podrían venderse, podrían usarse para producir energía para sus dueños e incorporarse en otros productos, o para actividades distintas a la producción de energía, si así resultan ser las rentabilidades de los proyectos. Si en el precio de la energía no se reconoce ese valor, las plantas no se usarán para producir energía para el ICE.

Este es un principio económico básico que tenemos que incorporar en la fijación de los precios de nuestros servicios públicos y, ciertamente, en la generación privada de energía.

¿Qué pasa si insistimos, como lo hace el funcionario del ICE, en que los precios de la generación privada deben bajar? Aparte de que violaríamos la ley, nos quedaríamos gradualmente sin generadores privados de energía renovable… y tendríamos que recurrir más a la generación térmica, que es mucho más cara.

Mientras me corresponda dirigir la Autoridad Reguladora, velaré para que eso no suceda.

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