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Propuesta educativa al viento La educación individualizada es un mandato de ley y se debe cumplirGuillermo Molina Guzmán Educador En mi anterior propuesta, me centré en la necesidad de respetar las diferencias individuales, mediante la enseñanza individualizada, como solución al fracaso escolar, coadyuvado en dicha tarea por las bondades de la evaluación, como justipreciación del aprovechamiento del estudiante, a fin de combatir el estrés que producen los exámenes y que no tienen razón de intervenir en el proceso enseñanza-aprendizaje. En estos días he recibido la buena noticia de que, desde hace año y medio, funciona una escuela llamada Logos Academy, en Heredia, que sigue el modelo de enseñanza que propongo. Según afirma el director: “Los padres, los profesores y los mismos alumnos declaran que los estudiantes han obtenido mayor rapidez al estudiar, mayor interés en aprender, eliminación del estrés en los exámenes, excelencia académica y más confianza en sí. No hay vandalismo ni destrucción de la escuela, sí desarrollo de las habilidades artísticas. Esto no es casualidad, ni tampoco el resultado de un experimento” (sic). Recordando las palabras de don Lalo Gámez: “Siempre Heredia marcando el paso en el campo de la educación”. Verdadera solución. Lo anterior me llena de esperanza. Ya no es una propuesta educativa, sino una verdadera solución para nuestro sistema educativo, que poco a poco va encontrando el sendero de la comprensión, el patriotismo y el máximo interés por el futuro de nuestros niños y jóvenes. Ahora quiero referirme al fundamento jurídico de mi propuesta y mencionar que posiblemente pediré un pronunciamiento a la Sala Constitucional, aduciendo que existe incumplimiento de la Ley Fundamental de Educación. En el capítulo I, “De los fines”, dice en el artículo 3º, inciso d): “La transmisión de los conocimientos y técnicas, de acuerdo con el desarrollo psicobiológico de los educandos”; inciso e): “Desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias individuales” (sic). En el artículo 9º establece: “El Consejo Superior de Educación autorizará los planes de estudio y los programas de enseñanza para los diversos niveles y tipos de educación. Esos planes y programas serán flexibles y variarán conforme lo indiquen las condiciones y necesidades del país y el progreso de las ciencias de la educación, y serán revisados periódicamente por el propio Consejo. Deberán concebirse y realizarse tomando en consideración: kLas correlaciones necesarias para asegurar la unidad y continuidad del proceso de enseñanza; y kLas necesidades e intereses psicobiológicos y sociales de los alumnos” (sic). Establecido el fundamento jurídico que rige y orienta el proceso enseñanza-aprendizaje, voy a demostrar que el Consejo Superior de Educación, y no el Ministerio de Educación, como cree la mayoría, es responsable de la dirección general de la enseñanza oficial, conforme lo indican las condiciones y necesidades del país y el progreso de las ciencias de la educación. Urbana y rural. En primer lugar, los programas de enseñanza no distinguen entre zona urbana y zona rural. Es decir, obvian las condiciones y necesidades del país al no existir dos programas: uno para la zona rural, que enfatice los aspectos fundamentales de dicha zona, en vez de enseñar la organización de las ciudades en calles y avenidas, que quizás nunca van a conocer. Naturalmente, aunque sea obvio, habrá un alto porcentaje de los conocimientos que inculcarán los valores nacionales, la unidad, el patriotismo, etc. Asimismo, el programa de enseñanza para la zona urbana contendrá los aspectos fundamentales de ella, a fin de que existan las correlaciones necesarias que aseguren la unidad y continuidad del proceso de enseñanza, como reza el inciso a) del artículo 9º de la Ley Fundamental de Educación. En segundo lugar, cuando propuse que debemos respetar las diferencias individuales, con la enseñanza individualizada, para evitar el fracaso escolar, lo hice atendiendo la Ley, que establece que el Consejo Superior de Educación tendrá en consideración “las necesidades e intereses psicobiológicos y sociales de los alumnos” (sic). También la Ley Fundamental de Educación indica, con normativa inexorable, que, para cumplir los fines de la educación nacional, la escuela costarricense debe procurar “la transmisión de los conocimientos y técnicas, de acuerdo con el desarrollo psicobiológico de los educandos” (sic). Es decir, que las diferencias individuales son producto del desarrollo psicobiológico y, por ello, la enseñanza individualizada se transforma en dogma que el Consejo Superior de Educación debe cumplir.
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