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Esto es lo correcto Ante imprecisiones y alusiones cuya versión cierta se debe conocerÓscar Rodríguez Ulloa Superintendente General de Entidades Financieras El licenciado Rodrigo Alberto Carazo (Página quince , 22/8/07 ) hizo comentarios sobre el Centro de Información Crediticia de la Sugef que contienen imprecisiones y alusiones, cuya corrección el público merece conocer. Relata don Rodrigo que, cuando una emisora de tarjetas de crédito le ofreció una, al entregársela le exigió que firmara una autorización para que la Sugef pusiera su historial de crédito a disposición de los bancos del Sistema Bancario Nacional, y que, cuando se negó a firmarla, lo chantajearon –usando la expresión que él utiliza– diciéndole que, si no firmaba, no le darían la tarjeta y que, además, tendrían que reportarlo a la Sugef, quedando así “apuntado” en la otra tarjeta lo que le afectaría en el momento de renovarla. La Sugef tiene desde hace varios años una base de datos sobre el historial de pago de los deudores de los bancos. La Sala Constitucional ha establecido con claridad a cuál de esa información puede accederse, aun sin autorización de los clientes, siendo además que, por ley, para acceder a la información del cliente de manera plena se requiere su expreso consentimiento. Recientemente los bancos consultan la base de datos con una regularidad que no exhibieron en el pasado, entre otras cosas porque el acceso informático a dichos datos en la Sugef no era lo ágil que se requería, y porque los reglamentos de la Sugef tampoco inducían a hacerlo, como sí lo hacen hoy. Actualmente, para que un banco tome una decisión acertada de crédito, es importante que cuente con el historial de pago completo del cliente; recordemos, al fin de cuentas, que el propósito de la Sugef al proveer de esa información es proteger a los propios ahorrantes. La mejor protección. La mejor forma de proteger los depósitos de los ahorrantes es que los bancos tengan salud financiera. He ahí por qué la Sala Constitucional ha considerado que cierta información del historial de crédito de los deudores es de dominio público, al señalar que “no son de dominio público los montos y fuentes del endeudamiento de cada individuo, pero sí lo son sus acciones como deudor, la probidad con que haya honrado sus obligaciones y la existencia de antecedentes de incumplimiento crediticio, datos de gran relevancia para asegurar la normalidad del mercado de capitales y evitar el aumento desmedido en los intereses por riesgo” (Voto 8190-2002). Más aún, la Sala ha establecido un período de 4 años para mantener la información crediticia de los clientes. En el pasado, algunos clientes de mala fe sistemáticamente incumplían con sus obligaciones con varias entidades financieras, sin que los bancos se percatasen a tiempo del verdadero riesgo que representaban. La reglamentación actual pretende eliminar ese riesgo al requerir que el banco consulte la base de datos de la Sugef. A la vez, un cliente que otorga una autorización para que su expediente sea consultado, representa un riesgo menor para el sistema financiero. Es de esperar que a los buenos clientes se les abran las puertas en las entidades financieras a tasas de interés menores, y a los pagadores deficientes se les aumente el costo de sus créditos por el riesgo que representan. Con el tiempo, la cultura de pago del costarricense mejorará porque comprenderá que va en su propio beneficio mantener un buen historial crediticio. Por otro lado, debe aclararse que los bancos poseen autonomía para financiar a los clientes, aun sin la autorización referida, si lo consideran conveniente, o si existen garantías específicas, o bien si los clientes están dispuestos a pagar una tasa de interés mayor, que compense el riesgo en que el banco incurrirá. Esa es la realidad de la relación cliente-banco. Si el mencionado emisor de tarjetas de crédito “chantajeó” a don Rodrigo Alberto (usando la frase que él utilizó), puede poner la denuncia ante las autoridades competentes, incluidas la Defensoría de los Habitantes o la misma Sugef, si el emisor de tarjetas es una empresa supervisada. Información crediticia. Las centrales de crédito funcionan en la mayoría de los países avanzados, siendo incluso operadas por empresas privadas, que, para aumentar su cobertura, incluyen no solo a los deudores bancarios, sino a los deudores de empresas comerciales y de servicios. Asimismo, dichas empresas dan valor agregado a su información, pues en ocasiones incluyen análisis de comportamiento de pago por tipo de financiamiento, zona geográfica, etc. En Costa Rica, la información crediticia es brindada a las entidades financieras por la propia Sugef, pero referida solamente a los deudores del sistema financiero. Nuestra ley establece que todo deudor tiene derecho a ver su propio expediente de crédito y a solicitar correcciones si existiesen errores. Dicho expediente puede solicitarse en el banco con el que se trabaja o en la Superintendencia. La Sugef está obligada a guardar confidencialidad sobre la información enviada por las entidades, y puede mostrar solamente al deudor su propio expediente. Si el deudor considera que existen errores en su reporte de crédito, puede entonces solicitar la corrección al banco que envió la información a la Sugef, pues esta no tiene potestades para modificar lo reportado por los bancos. Por último, don Rodrigo Alberto Carazo alude a un sujeto que está siendo investigado por las autoridades judiciales. Sobre el particular, solo mencionaré que tanto los bancos como la Sugef han actuado de forma correcta y oportuna.
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