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El modelo del ICE y el TLC

Los competidores no están en obligación de seguir los lineamientos actuales

Halabí Fauaz Mayid
Directivo del ICE

El modelo de desarrollo que ha aplicado el ICE desde su fundación es socialmente solidario. El ICE brinda sus servicios según principios de universalidad de acceso, solidaridad, equidad, subsidiaridad y servicio al costo. Esto es precisamente lo que ha hecho que Costa Rica tenga las tarifas más bajas de Centroamérica y unas de las más bajas de Latinoamérica, con servicios en telecomunicaciones y electricidad por encima del 95% de cobertura en el territorio nacional. Con la apertura establecida en el TLC, los competidores (empresas privadas) no estarán en obligación de seguir este modelo, pues sus fines no son los de una empresa del Estado, sino la generación de utilidades paras sus socios. Esta ha sido la experiencia en procesos similares en Latinoamérica, donde el monopolio público fue finalmente sustituido por dos operadores que se distribuyen el mercado.

En Costa Rica el servicio de Telecomunicaciones tiene un carácter de bien público (según los artículos 50 y 121 de la Constitución). Es decir, se equipara al agua, la electricidad, la salud o la educación, como un derecho de todo ciudadano. Tales derechos han contribuido a lo que hoy somos todos los costarricenses. Eso pudiera no significar mucho para algunos, sobre todo para quienes no han vivido en una Costa Rica sin el ICE. Como parte de este tratado comercial, las telecomunicaciones y la electricidad dejan de ser un bien público y se tornan en una mercancía y, como tal, se verán afectadas por razones económicas como la oferta y la demanda. Quien desee tener esta mercancía en la cantidad que quiera, deberá pagar las tarifas que el mercado le imponga.

Ni gradualidad ni selectividad. Por otro lado, en el TLC se especificaron fechas para la apertura de tres servicios fundamentales: Internet (a más tardar el 1.º de enero del 2006), Redes Privadas (a más tardar el 1.º de enero del 2006) e Inalámbricos Móviles (a más tardar el 1.º de enero del 2007). Al haberse cumplido esos plazos, ya no habrá siquiera la gradualidad, y la selectividad tampoco se dará, pues ya hoy en gran medida la telefonía fija es parte del servicio de Internet, por lo que al abrirse este servicio toda la telefonía quedará abierta. Como consecuencia, en el instante de aprobación del tratado, esos tres servicios estarán en competencia.

Es importante aclarar que en el TLC la definición de Inalámbricos Móviles es tan amplia que además de esos tres se tendrá que permitir la competencia en otros servicios. Además, aunque fueran “solo tres servicios”, es importante advertir que se trata de los tres servicios más rentables del ICE, los que reportan el 70% de sus ingresos y de donde se obtienen los excedentes para los subsidios del servicio universal.

Además, se especifican dos fechas más: para laLey de Fortalecimiento del ICE a más tardar el 31 de diciembre del 2004 y para el nuevo Marco Regulatorio, que velará por todas las disposiciones o principios específicos del Tratado, debía entrar en vigor a partir del 1º de enero del 2006. Sin embargo, en ninguna parte del tratado se obliga a que estas leyes sean aprobadas para hacer efectiva la competencia. A esta fecha nada de esto ha pasado, por lo que no habría seguridad de legislarse en ese sentido.

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