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Condenan al Estado por muerte de niña Nicolás Aguilar R. naguilar@nacion.com La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia condenó al Estado costarricense al pago de ¢20 millones por el caso de una niña, de dos años, quien murió tras caer desde un puente deteriorado. De acuerdo con el fallo judicial, “a la fecha de ocurrir los hechos, el Estado había desatendido su deber de propiciar el buen estado estructural y conservación del puente peatonal”. La información fue confirmada la tarde de ayer por la Oficina de Prensa del Poder Judicial. Pese al peligro, dicha estructura, ubicada en Cariari de Pococí, en la provincia de Limón, era utilizada a diario por decenas de vecinos. “Tal deficiencia no se subsana por la reparación que luego del accidente se realizó. Lo cierto es que al momento del lamentable hecho el puente se encontraba en deficientes condiciones, producto de la indiferencia de las autoridades públicas y en esa inobservancia radica la anormalidad en el funcionamiento público”, reza otra parte de la resolución de la Sala Primera. El caso que los magistrados analizaron ocurrió a las 7 p. m. del 6 de febrero de 1999, cuando un matrimonio intentó cruzar el puente en compañía de su hija en brazos. El piso de la estructura cedió de pronto y la pequeña, identificada como Zaray Castro Castillo, cayó al río y murió ahogada. No fue posible conocer la identidad de los padres de la niña quienes, de acuerdo con la resolución, recibirán los ¢20 millones. “El dinero no puede compensar el deceso de un hijo, ni se trata de poner un valor a un ser humano; no obstante, la compensación monetaria funge como paliativo del padecimiento moral”, añade la sentencia resuelta por los magistrados Luis Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, Óscar González Camacho, Margoth Rojas Pérez y Gerardo Parajeles Vindas. “De otro modo, se crearía una inmunidad en beneficio de quien ha incumplido..., sin imponer castigos que permitan reencauzar el funcionamiento público sobre las sendas de correcta administración y la tutela eficiente de intereses públicos”, añaden los magistrados.
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