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Hacia la modernización del ICE Maureen Ballestero Vargas Diputada En la nota “Contraloría duda de alza en monto de contratos del ICE” ( La Nación , 5/8/07), que se refiere a los acuerdos en el capítulo de contratación administrativa del ICE, alcanzados por voto de mayoría de la comisión especial legislativa que dictaminó el proyecto de ley para el fortalecimiento y modernización de las entidades públicas del sector telecomunicaciones, expediente N.° 16397. Para no crear preocupación sobre la viabilidad jurídica de este importante proyecto, en especial del capítulo de contratación, son oportunas y necesarias las siguientes aclaraciones. El objetivo principal del proyecto es establecer las condiciones para que el ICE pueda evolucionar hacia una empresa pública eficiente y competitiva, dándole las herramientas necesarias para que participe como organización líder, ante una eventual apertura en el mercado de telecomunicaciones e infocomunicaciones. En ese sentido, los diputados convocados en esta comisión durante largas sesiones analizamos diversas áreas que, a nuestro juicio, son estratégicas para alcanzar el objetivo del proyecto y subsanar lo que hasta ahora, a juicio de expertos en administración pública, funcionarios y los mismos sindicatos de la institución, se han convertido en “amarras” para que el ICE pueda desarrollarse en el siglo XXI. Sin límites. Una de las áreas estratégicas se refiere a la contratación. En ese sentido, en el proyecto dictaminado no se establecieron límites económicos para la contratación del ICE, lo que posiblemente hubiera sido cuestionable desde lo constitucional. Al contrario, se aprobó un mecanismo porcentual que resguarda los criterios de razonabilidad y la proporcionalidad (parámetros constitucionales) de los montos, que van a definir los procedimientos concursales de contratación administrativa aplicables. Estos criterios incluso fueron originalmente definidos en una resolución de actualización que emite la Contraloría, según el artículo 27 de la Ley de contratación administrativa , en función de las dimensiones del presupuesto del ente fiscalizado. En ese orden de ideas, los límites económicos que van a determinar los procedimientos de contratación administrativa aplicables al ICE son proporcionales, en razón del tamaño del presupuesto del ICE, y eso no podría generar un roce constitucional. Reglas claras. Finalmente, debo aclarar que, contrario a lo comentado en el artículo, en el sentido de que los topes elevados pueden limitar la participación de los oferentes y restringir los controles, el proyecto no modifica los procedimientos concursales de contratación vigentes, regulados en la reciente reforma a la Ley de contratación administrativa y que definen claramente las reglas de participación y control, cuya viabilidad fue confirmada por la Sala Constitucional, en la resolución N.° 6329-07. Además, y con el fin de clarificar los procedimientos, el proyecto no elimina la posibilidad de recurrir los actos o resoluciones administrativas en el proceso existentes hoy. Tampoco inhibe la posibilidad de acudir a los tribunales, de manera que los controles se mantienen durante todo el proceso. Los términos en que se dictaminó este proyecto, en especial en esta materia, constituyen instrumento imprescindible en la labor de transformación que requieren las entidades públicas del sector de telecomunicaciones, buscando insertarlas dentro de una nueva visión, congruente con la realidad económica y social de un mundo competitivo; donde la apertura de las telecomunicaciones trasciende el tema ideológico, constituyéndose en una razón del progreso y desarrollo nacional.
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