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Estado condenado a pagar ¢20 millones por puente deficiente


Nicolás Aguilar R.
naguilar@nacion.com

San José (Redacción). La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia condenó al Estado costarricense al pago de ¢20 millones por el caso de una niña de dos años, quien murió tras caer desde un puente en precarias condiciones.

De acuerdo con el fallo judicial, “a la fecha de ocurrir los hechos, el Estado había desatendido su deber de propiciar el buen estado estructural y conservación del puente peatonal”.

Pese al peligro, dicha estructura, ubicada en Cariari de Pococí, en la provincia de Limón, era utilizada a diario por decenas de vecinos.

“Tal deficiencia no se subsana por la reparación que luego del accidente se realizó. Lo cierto es que al momento del lamentable hecho, el puente se encontraba en deficientes condiciones, producto de la indiferencia de las autoridades públicas y en esa inobservancia radica la anormalidad en el funcionamiento público”, reza otra parte de la resolución de la Sala Primera.

Los hechos que los Magistrados analizaron ocurrieron la mañana del 6 de febrero de 1999, cuando un matrimonio intentó cruzar el puente en compañía de un hijo de ambos de dos años.

El piso de la estructura cedió de pronto y la pequeña, identificada como Zaray Castro Castillo, cayó al río donde murió ahogada.

“El dinero no puede compensar el deceso de un hijo, ni se trata de poner un valor a un ser humano; no obstante, la compensación monetaria funge como paliativo del padecimiento moral”, añade la sentencia de los Magistrados, Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, Oscar Eduardo González Camacho, Margoth Rojas Pérez y Gerardo Parajeles Vindas.

“De otro modo se crearía una inmunidad en beneficio de quien ha incumplido de manera grave sus deberes, sin imponer castigos que permitan reencausar el funcionamiento público sobre las sendas de la correcta administración y la tutela eficiente de los intereses públicos”, insisten los Magistrados.

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