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77 años del PANI


Yalena de la Cruz


No en vano coinciden nuestro Día de la Madre y la creación –por Ley 29, de 1930– del PANI, encargado de “velar por la conservación, desarrollo y defensa del niño” (art.1) y, tras adquirir rango constitucional en 1949, de “la protección especial de la madre y del menor” (art. 55).

En sus orígenes, el PANI atendía la niñez desvalida, abandonada y huérfana. Tras la Convención de Derechos del Niño, trasciende la atención de problemas para responsabilizarse de menores con derechos por cuyo cumplimiento el Estado vigila y ante cuya violación actúa. Hoy debe hacer rectoría (políticas públicas de niñez y adolescencia), prevención y promoción (cambios culturales), investigación y vigilancia (estado de situación), acción (defensa y garantía de derechos, incluida la adopción: derecho a una familia) y acreditación (albergues). Y debe actuar con programas propios y en coordinación con ONG e instituciones estatales.

El Consejo de Gobierno debe exigir cuentas sobre la labor realizada en el último año: de las realidades y avances (hechos) y no de las promesas (palabras vacías). Pero, sobretodo, tiene la responsabilidad de decidir la integración de su junta directiva y Presidencia Ejecutiva sin equivocaciones. Errar tiene dramáticas implicaciones en la vida de los niños.

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