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Tribunal condenó a cobrador por abusos contra hijastra Nicolás Aguilar R. naguilar@nacion.com Un cobrador de una empresa de tarjetas de crédito fue condenado a cuatro años de prisión por abusos sexuales agravados en perjuicio de una hijastra de 10 años. El imputado, de apellido Soto, permanecerá en libertad mientras la sentencia queda en firme en la Sala Tercera (penal), confirmó ayer la Oficina de Prensa del Poder Judicial. Soto, de 47 años, es vecino de San Francisco de Heredia y la víctima es hija de una exconcubina suya. Los hechos ocurrieron en una fecha no precisada del 2005 en Desamparados, San José, explicó ayer Federico Vanegas, periodista del Poder Judicial. De acuerdo con investigaciones judiciales, el hombre aprovechaba las oportunidades en las que se quedaba solo con la escolar para cometer los abusos. La situación de la menor fue detectada por sus familiares, quienes denunciaron el caso ante el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) a principios del 2006. La víctima recibió de inmediato apoyo psicológico. Lo acusaban de violación. El cobrador, soltero y sin hijos, enfrentaba inicialmente una causa penal por la violación de la menor, así como por varios abusos deshonestos en contra de ella. Incluso, la Fiscalía solicitó la mañana de ayer al Tribunal de Juicio de Desamparados una condena de 20 años de prisión contra el imputado debido a la gravedad de los hechos que le atribuían. Sin embargo, tras la comparecencia de la víctima y varios testigos, los jueces concluyeron que la menor no fue ultrajada. “El Tribunal recalificó el delito y, además, absolvió al acusado de dos delitos de abusos sexuales”, afirmó el vocero judicial. Soto fue liberado porque no cuenta con antecedentes penales, tiene trabajo y residencia fija. De acuerdo con el artículo número 161 del Código Penal, el delito de abusos sexuales agravados lo comete una persona con rango de “padrastro o madrastra, tutor o encargado de la educación, guarda o custodia de la víctima”.
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