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Rodrigo Arias entregó a Francisco A. Pacheco el texto del TLC que se sometería a referendo, tal como se dictaminó el 12 de diciembre. Los observa la diputada oficialista Mayi Antillón.
Adriana Ovares
Presidente de congreso prevé trámite expedito

Gobierno oficializa petición de consulta popular sobre TLC

PAC anuncia que aprobará decreto, aunque prefiere proceso de Corrales
Ejecutivo descarta consulta previa del Tratado ante la Sala Constitucional

Álvaro Murillo
alvaromurillo@nacion.com

El Gobierno presentó ayer a la Asamblea Legislativa el decreto que formalmente permitiría celebrar someter al criterio popular la aprobación o el rechazo al Tratado de Libre Comercio (TLC).

El ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias, llevó al Congreso el decreto 33717-MP que activa una de las tres vías establecidas por la ley para celebrar un referendo vinculante.

El decreto debe aprobarse por 29 votos para constituirse como solicitud completa ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que el jueves pasado emitió un fallo el que considera que sí se puede someter a consulta popular el TLC que Costa Rica firmó en agosto del 2004 con Estados Unidos, República Dominicana y cuatro países de Centroamérica.

El presidente del Congreso, el oficialista Francisco Antonio Pacheco, recibió a Arias y anunció un trámite expedido, con el propósito de que se cumpla la intención del Gobierno de que la consulta se realice en agosto.

Rodrigo Arias insistió en que el procedimiento permite celebrar el referendo antes que si se tramitara mediante la vía de la “iniciativa popular”, que requeriría recoger unas 133.000 firmas, como lo autorizó el jueves el TSE.

“Si todos de verdad quieren resolver la discusión sobre el TLC en un referendo, no veo por qué oponerse a esta vía”, dijo Rodrigo Arias en alusión al la gestión conjunta de Gobierno y Congreso.

Esa vía tiene el apoyo de los 38 diputados que respaldan el TLC y sumarán los 17 del Partido Acción Ciudadana (PAC).

“Vamos a votar a favor. No podemos votar en contra del referendo. Eso está en la naturaleza misma del PAC”, declaró el subjefe de la bancada, Alberto Salom.

José Merino, de Frente Amplio, dijo que debe estudiar el tema con miembros de su partido, mientras que Óscar López, de Accesibilidad sin Exclusión (PASE), anunció que solo lo aprobará si se vota después del 1°. de mayo.

Salom advirtió, sin embargo, que prefieren la “iniciativa popular” impulsada por el exdiputado José Miguel Corrales cuando el Gobierno se negaba a someter el TLC a un referendo.

Rodrigo Arias descartó que incurra en “oportunismo” al aprovechar la respuesta que dio el TSE a la solicitud del exparlamentario Corrales, que insiste en prioridad para su gestión, por haber sido planteada primero.

Arias, sin embargo, expresó en que lo válido es cumplir los requisitos. “Si hablamos de ‘primeros en derecho’, somos nosotros”, adujo.

El TSE decidirá cuál vía se usará cuando llegue aprobado el decreto.

¿Es constitucional? El Ministro de la Presidencia descartó someter el TLC a una revisión en la Sala Constitucional antes de que el electorado decida “sí” o “no” para el TLC.

“Se supone que hay una actitud muy seria (...) el TLC ha sido negociado por gente de gran experiencia, tramitado en una comisión legislativa y analizado a fondo.

“Si queda alguna duda, cualquier ciudadano puede pedir la revisión de algún tema específico que tenga roces constitucionales”, pero cuando esté vigente, insistió.

El PAC y Corrales siguen considerando que el referendo debe realizarse cuando se tenga descartado que el TLC no viola la Constitución Política en alguno de sus artículos.

La consulta ya fue planteada a la Sala Constitucional, pero sus magistrados se abstuvieron de acogerla, según la resolución 2007-02159, del 16 de febrero pasado.

Consultado por La Nación , el presidente de la Sala, Luis Fernando Solano, respondió ayer: “La Sala Constitucional no se puede anticipar a los acontecimientos, aun cuando al fuero interno puedan tener un criterio. Solamente se pronuncia sobre algo cuando legalmente está en el deber de pronunciarse a través de una sentencia en el respectivo expediente”.

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