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Foto Principal: 1423279
La Dirección Jurídica de la CCSS tiene en este archivo los casos en su contra remitidos por la Sala IV.
Carlos León
326 recursos este año

Sala IV obliga a CCSS a dar costosos tratamientos

31 pacientes obtienen ¢472 millones para compra de medicinas
Según la Sala, los enfermos no deben pagar los resultados de mala planificación

Ángela Ávalos R.
aavalos@nacion.com

La Sala Constitucional obliga a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a suministrar costosos tratamientos.

Este año la Caja tiene previsto invertir ¢472 millones para comprar fármacos especiales a 31 pacientes pues los medicamentos no están en su lista oficial, según órdenes de la Sala IV.

Ese dinero es un 1% del presupuesto total para medicinas. Con una cantidad así se podría resolver una tercera parte de la ampliación del hospital de Geriatría, que beneficiará a más de 300.000 adultos mayores.

Pulso. Autoridades de la Caja sostienen que esas resoluciones asestan un golpe financiero que pondría en riesgo el derecho de la mayoría a tener acceso a los medicamentos.

El presidente de la Sala IV, Luis Fernando Solano Carrera, sostiene que este órgano constitucional sale en defensa del derecho a la salud de los asegurados.

“Lo hemos hecho no solo con los medicamentos, sino con la práctica de intervenciones quirúrgicas o de exámenes de todo tipo”, dijo el magistrado.

En lo que va de este año la CCSS ha afrontado 326 recursos de amparo en su contra. Es un 82% más de los recibidos en todo el período 2005.

Esa cantidad de alegatos incluye casos de todo tipo, aunque 114 tienen relación con el derecho a la salud.

De estos últimos, 91 son por medicamentos que piden enfermos.

Estudio. En un análisis de la Caja sobre 31 de esos casos, se concluyó que se invertirán ¢472 millones para comprar terapias especiales.

De esos 31 casos, 22 son de mujeres con cáncer de seno que recurrieron a la Sala IV para obligar a la Caja a dar una quimioterapia especial, cuyo nombre comercial es Herceptin (Trastuzumab).

En cada una de esas mujeres se hará una inversión aproximada a los ¢16 millones anuales.

El director de medicamentos y terapéutica de la Caja, Albin Chaves Matamoros, sostiene que el volumen de recursos de amparo es ínfimo comparado con el nivel de consultas, hospitalizaciones y habitantes atendidos por la CCSS.

Por ejemplo, dijo que para este año por cada 100.000 consultas apenas se han presentado 0,05 recursos de amparo por medicinas. Pero cuando se analizan los costos se nota el impacto para la institución.

Para los pacientes, sin embargo, los razonamientos económicos de la Caja no tienen sustento.

Tampoco lo tienen para la Sala: “Los asegurados no tienen por qué sufrir la mala planificación. La salud y la vida exige que seamos exigentes”, dijo Solano.

El magistrado considera contradictorio que el médico que atiende y el comité de cada hospital aprueben un tratamiento luego negado por autoridades superiores.

Pero Chaves cree que ese órgano constitucional emite resoluciones sin criterio técnico, y obliga a dar medicinas como medida cautelar, en plazos reducidos (5 días), con grandes riesgos para el paciente.

Criterios

Selección. Para incluir un fármaco en la lista oficial de la CCSS se valoran su eficacia, seguridad, la relación costo-beneficio, su disponibilidad en el país y el cumplimiento de su prescripción.

LOM. Tomando en cuenta esos criterios, cada año ingresan a la Lista Oficial de Medicamentos (LOM) un promedio de 10 nuevos. Otro tanto sale. Esta LOM resuelve el 98% de las enfermedades de los ticos.

Excepción. Se dispone de un formulario terapéutico abierto para los casos excepcionales: aquellos cuyo problema de salud la Caja no puede resolver con los fármacos de la LOM. La compra de innovaciones no es considerada excepción por la CCSS.

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