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Foto Principal: 1422395
El presidente del Congreso, Francisco Antonio Pacheco, conversa con los diputados José Manuel Echandi, Elizabeth Fonseca y Evita Arguedas. Sentada aparece la legisladora liberacionista Clara Zomer.
Mario Rojas
Aprueban moción en plan de reforma al Código Electoral

Pretenden obligar a empresas a entregar encuestas al TSE

Encuestadoras alegan que sus trabajos son confidenciales
Variante establece altas multas y sanciones en caso de incumplimiento

Ana Lupita Mora
lumora@nacion.com

Las empresas que hagan encuestas sobre preferencias de los votantes serían obligadas a entregar sus estudios al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

La comisión legislativa que estudia el plan de reformas al Código Electoral aprobó una moción que establece tal responsabilidad en cuanto a mediciones estadísticas y sondeos de opinión durante los períodos de campaña.

Justificación

Proponente de moción dice que con reforma evitan prohibir las encuestas en campaña

El texto incluye sanciones, altas multas y el requisito de registrarse, entre otras normas.

Ante esa disposición, representantes de las empresas dijeron estar sorprendidos. Argumentaron que en una democracia este trabajo no debe estar regulado y mucho menos entregar al TSE algo que es de los medios de comunicación y que tiene carácter confidencial.

Transparencia. Francisco Antonio Pacheco, miembro de la comisión y proponente de la reforma, aseguró que buscan “transparencia”. Agregó que tratan de evitar “prohibir” la publicación de estos estudios, como lo pretendieron otros diputados.

“Buscamos que lo que se publique sea real y que no influya en la voluntad de los ciudadanos”, explicó Pacheco. Manifestó que en la comisión están anuentes a escuchar a las empresas y medios de comunicación sobre el tema.

Rotundo no. Las firmas del sector no temen por las multas, sino por los alcances de la reforma. “No cabe desde ninguna perspectiva” declaró José Alberto Rodríguez, de la empresa Demoscopía.

“Ha quedado absolutamente demostrado que la publicación de encuestas no influye en la decisión del elector”, sostuvo Rodríguez.

Con él coincidieron Carlos Denton, de Cid Gallup, y Víctor Borge, de Borge y Asociados, quienes recordaron que en los últimos comicios las encuestas colocaban a Óscar Arias con porcentajes más altos y la voluntad popular fue otra.

Rodríguez recalcó: “El TSE no puede garantizar la transparencia de una encuesta; es un órgano encargado de asuntos electorales. Es una cláusula absurda, se trata de información que contrata un medio de comunicación y es de su propiedad, no del dominio público, y mucho menos las bases de datos”.

Denton dijo: “No sabemos qué manejo dará el órgano electoral a la información, cómo la va a valorar. Cid Gallup es una empresa con fines de lucro y nos pagan por ello, van a acabar con nuestro negocio si la información va a estar a disposición de cualquiera”.

El problema es otro. El sociólogo Víctor Borge dijo estar de acuerdo con que los legisladores regulen todo lo referente a los procesos electorales, especialmente que se definan de una vez por todas las reglas en torno al financiamiento de los partidos políticos, pero rechazó la entrega de estudios al TSE.

“No entiendo cómo voy a entregar lo que no es mío y que debe guardar confidencialidad. No puedo entregar las bases de datos, lo que consulto individualmente no puede ser divulgado”, dijo Borge.

Extracto de reforma

Artículo 131. Las empresas de encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral deberán registrarse ante el Tribunal Supremo de Elecciones dentro de los 15 días siguientes a la convocatoria de elecciones, con la personería jurídica, las calidades del responsable, su idoneidad para llevar a cabo esta labor, lo cual será reglamentado por el TSE. Prohíbase la difusión o publicación, parcial o total, por cualquier medio de sondeos de opinión pública o encuestas relativas a procesos electorales, durante los tres días inmediatos anteriores al de las elecciones y el propio día. Si incumplen la presente prohibición deberán pagar una multa igual a la suma de 50 salarios base (¢200.200 cada uno).

El TSE determinará la responsabilidad y la fijación de la multa, dentro de lo aquí señalado.

Artículo 132. El TSE garantizará durante la campaña la transparencia y publicidad de las encuestas, sondeos de opinión y sus resultados cuando hayan sido divulgados en medios de comunicación masiva con información relativa a las elecciones. Las empresas debidamente registradas entregarán a la Secretaría del TSE dos copias certificadas por notario público de las tablas, estadísticas y los datos que hayan generado relativos a los temas electorales, siempre que se hayan divulgado en un medio de comunicación masiva. La información deben remitirla en un lapso de 48 horas después de publicada en medios de comunicación. Incumplir esto será sancionado con una multa de hasta 30 salarios base y se suspenderá el registro a la empresa hasta que cancele la multa. El TSE determinará la responsabilidad y fijación de la multa. En caso de reincidencia en una misma campaña, el TSE cancelará el registro de la empresa.

Artículo 133. Los partidos tendrán la posibilidad de examinar la información electoral que se produce estadísticamente mediante encuestas y sondeos y compararla con las que se difunden en los medios. Las tablas estadísticas y datos serán de acceso público y estarán disponibles en el archivo del TSE. La información estará protegida por las leyes de propiedad intelectual y no podrán ser utilizadas para fines comerciales ni por terceros.

REACCIONES

Peligroso

Nombre: IGNACIO SANTOS

Cargo: Codirector de TELENOTICIAS

“Lo que aprobaron es una restricción a un trabajo libre, que se defiende por sí solo, no lo debe certificar el TSE. Siendo extremo, se pretende a la larga dar un primer paso al control y regulación de todas las informaciones periodísticas político-electorales”.

Nos cuestiona

Nombre: grettel Alfaro

Cargo: codirectora Repretel

“¿Qué hay detrás del ánimo de transparencia? Más parece un cuestionamiento a los medios que contratamos las encuestas. Esto atenta contra la libertad de expresión, pone en duda lo que divulgamos y es excesivo el término a las publicaciones”.

Intromisión

Nombre: Eduardo Ulibarri

Relación: exdirector de La Nacion

“Las encuestas son propiedad intelectual. Es como un despojo, una confiscación y, lo más serio, una intromisión directa en la toma de decisiones editoriales de los medios de comunicación. Es un precedente preocupante, las encuestas son materia informativa”.

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