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Gobierno plantea cobrar a extranjeros por salud Cuota de ¢9.000 al mes resarcirá el servicio que les da en CCSS y educaciónExtranjeros sin capacidad de pago deberán retribuir con trabajo comunal Ronald Moya y Nicolás Aguilar rmoya@nacion.com El Gobierno plantea cobrar una cuota de ¢9.000 por mes a los extranjeros como requisito para legalizar su situación migratoria. El pago se aplicaría a unos 900.000 foráneos que residen en Costa Rica, de los cuales 600.000 viven legalmente y 300.000 carecen de documentos. A los que viven legalmente se les cobrará cuando acudan a renovar su permiso de residencia. La medida está contemplada en un proyecto de reforma a la Ley de Migración que el Gobierno enviará a la Asamblea Legislativa en los próximos días. La idea del Gobierno es que el proyecto de ley se conozca en el período de sesiones extraordinarias que se inicia en diciembre. El pago de la cuota (canon migratorio) se hará en las oficinas de la Dirección de Migración. Esa entidad no tiene definido el monto, pero el plan de ley toma como base el seguro por cuenta propia que emite la CCSS y que en promedio es de ¢9.000 al mes. El cobro pretende resarcir los costos millonarios en que incurre el Estado para atender las necesidades de los inmigrantes en áreas como la salud, la educación y justicia (reos en cárceles). Por ejemplo, en materia de salud, la Caja gasta un promedio de ¢10.000 millones al año en atender a los inmigrantes que no cotizan. Ayer no fue posible conocer cuánto destina el Ministerio de Educación para atender a 43.000 extranjeros en escuelas y colegios. Tampoco fue posible obtener el monto que gasta el Ministerio de Justicia en atender a 1.250 reos extranjeros en prisiones del país.
Cambio de perfil. El ministro de Seguridad Pública, Fernando Berrocal, señaló que el pago de este canon va a cambiar el papel de los inmigrantes en Costa Rica. “Pasan de ser demandantes de servicios sociales a cambio de nada, a cotizadores; el país tiene todo el derecho de pedir esto”, dijo. La propuesta exonera del pago del canon a quienes cotizan para uno de los seguros de la CCSS. También a los residentes temporales en misiones científicas, religiosas, deportivas o artísticas. Además, exime a trabajadores transfronterizos (viven en pueblos fronterizos pero vienen a Costa Rica a trabajar y regresan a su país). Las domésticas quedan exentas si su patrono está al día en el pago del seguro social de ellas. Otros requisitos. El pago del canon no obliga a la Dirección de Migración a aprobar la condición migratoria del solicitante. El extranjero deberá cumplir, además, con otros requisitos. Uno es no tener antecedentes penales. Si un foráneo demuestra que no tiene dinero para pagar la cuota, puede retribuir con trabajo comunal. Esto podría hacerlo, por ejemplo, pintando o construyendo escuelas, reparando caminos o aceras, entre otras actividades. En casos muy calificados, como personas con invalidez, Migración podrá otorgar la condición de residente a un foráneo sin el pago de la cuota previo estudio de su caso. Una vez cumplidos diez años de residencia continua en el país, el extranjero podrá renovar la cédula de residencia cada cinco años, sin pagar el canon.
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